Lo que comenzó como una colaboración creativa entre Rosario Bravo y Daniel “Ex Huevo” Fuenzalida terminó en polémicos acontecimientos. El detonante: el registro, a título personal, de la marca del podcast que ambos desarrollaron juntos. Esta controversia nos recuerda que los proyectos compartidos también deben cuidarse legalmente desde el principio.
“Las marcas no son solo logotipos bonitos o nombres llamativos. Son activos intangibles que, si se gestionan mal, pueden derivar en conflictos complejos y hasta en la pérdida de lo construido en conjunto”, advierte la abogada Agustina Davis, docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello (UNAB) y socia en BBD Badilla Davis.
Inscribir las marcas
El registro de marcas, al igual que otros mecanismos de propiedad intelectual, cumple un rol fundamental, transformar una idea en un activo protegido. No se trata solo de una formalidad burocrática, sino de una herramienta concreta para definir titularidades, prevenir disputas y asegurar el uso exclusivo de un nombre, concepto o diseño, por ejemplo. Cuando estos elementos son compartidos, la inscripción conjunta es una posibilidad que cobra especial relevancia.
Según explica la especialista, aunque no es obligatorio registrar una marca para usarla, sí es una medida altamente recomendable: “desde el momento en que nace una idea con potencial, especialmente si es desarrollada por más de una persona, conviene dejar establecido desde el inicio quiénes son los dueños de ese proyecto. Eso incluye registrar la marca a nombre de todos los involucrados o de una sociedad, si es que existe”.
En el caso de “Dónde están los Weones”, el registro fue hecho solo por Daniel Fuenzalida, pese a que el programa había sido concebido y producido junto a Bravo. Esto es una realidad más común de lo que parece, ya que se debe más a un desconocimiento que a un mal actuar.
“Es común que en los inicios todo fluya entre las partes y que no se tomen medidas preventivas porque ‘somos todos amigos’. El problema aparece cuando hay quiebres, porque si la marca o el dominio están a nombre de una sola persona, el resto queda en una posición vulnerable”, señala Davis.
¿Cómo se debió actuar entonces?
La solución habría sido sencilla: registrar la marca a nombre de ambos.
“El formulario de solicitud ante el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) permite incluir a varias personas como titulares. No hay impedimento legal para que una marca sea propiedad conjunta. Es tan simple como incluir los nombres de todos quienes forman parte del proyecto en el campo correspondiente”, explica la abogada y docente de Derecho UNAB.
Agregando que: “la dirección electrónica también es un activo. Su inscripción es automática, pero se debe acordar quién figura como titular. Porque si luego hay una disputa, también puede haber problemas para usar esa web”.
Finalmente, la resolución de este caso particular fue que Fuenzalida optó por transferir completamente la titularidad de la marca a Rosario Bravo, un gesto que, si bien repara parcialmente el error inicial, no borra la polémica. Pero ¿qué pasa si alguien no quiere ceder? ¿Hay herramientas legales?
La ley contempla mecanismos. Si una marca fue registrada por una de las partes, se puede presentar una oposición durante el trámite, o incluso una demanda de nulidad si ya fue concedida. La causal está en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Industrial, que prohíbe registros contrarios a la ética mercantil.
Pero más allá de las acciones correctivas, el llamado es a la prevención.
“Si uno cree que el proyecto puede escalar o volverse exitoso, lo lógico es tomar las precauciones desde el principio. Registrar la marca, definir la propiedad intelectual, establecer acuerdos. Porque si algún día alguien quiere comprar ese contenido, lo que se vende no es solo una idea, es una marca, un activo acreditable”, enfatiza la docente de la Facultad de Derecho UNAB.
El caso Fuenzalida-Bravo se volvió viral, pero no es una excepción. En la era del contenido colaborativo —podcasts, emprendimientos, canales de YouTube o redes sociales compartidas— es fundamental que los acuerdos creativos también sean acuerdos legales. Porque cuando la marca es de más de uno, también debe registrarse como tal.