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10 de Octubre de 2019

Condenan a Blanco y Negro por mujer que resultó herida por fuegos artificiales en el Monumental

El hecho ocurrió en mayo de 2017, en un partido entre Colo Colo y Deportes Antofagasta. La demanda fue por la Ley del Consumidor.

Por
Blanco y Negro
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La Corte de Apelaciones de Santiago acogió una demanda por Ley del Consumidor en contra de la concesionaria Blanco y Negro (ByN), debiendo pagar $1.700.000, más las costas del juicio, luego de que una mujer resultara herida por fuegos artificiales.

El hecho ocurrió el 14 de mayo del año 2017 en el Estadio Monumental, cuando Colo Colo igualó 1-1 frente a Deportes Antofagasta.

Aquel día, en el sector de la galería “Arica”, hinchas lanzaron fuegos de artificio y bombas de ruido, resultando 5 personas lesionadas de diversa consideración, incluyendo a la demandante.

En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia (27 de marzo de 2018) que acogió una demanda por responsabilidad por falta de condiciones de seguridad.

En la resolución se establece que “la posesión de un ticket da derecho al consumidor para presenciar el espectáculo desde una localidad determinada del estadio. Esa es su finalidad y no otra, es decir, la compra de una entrada para una aposentaduría en particular sólo está asociada a la mayor o menor visibilidad del cotejo deportivo, pero no significa que otorgue una suerte de un mejor o peor derecho a la seguridad personal”.

También se estableció que “aceptar la tesis de la demandada (ByN) implicaría aceptar también que existen ciertos sectores del estadio en que se garantiza la seguridad y otros, particularmente donde se ubica la denominada “garra blanca”, en que el organizador del espectáculo no está en condiciones de ofrecer garantías al espectador”.

El fallo concluye que “al cambiarse de una localidad a otra la demandante infringió el contrato que celebrara, pero esa infracción no comporta un ilícito que implique una culpa suya que hubiera coadyuvado a la ocurrencia del suceso. Por ende, no existió exposición imprudente de su parte ni incurrió en una conducta que legitime reducir el resarcimiento del daño que sufriera”.

De esta forma, Blanco y Negro deberá pagar $706.841 por daño emergente, $1.000.000 por daño moral, junto con las costas del recurso.

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