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13 de Marzo de 2012

Argentina permite que mujeres violadas puedan abortar

Junto con la decisión de despenalizar este tipo de interrupción de un embarazo, la Corte Suprema subrayó la necesidad de que estos casos no sean judicializados y además exhortaron a que se implementaran los protocolos hospitalarios.

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Coincidiendo con la controversia que se da precisamente este martes por la votación, de esta tarde, en el Senado del Proyecto de despenalización del aborto terapéutico, al otro lado de la cordillera la Corte Suprema ha aprobado el aborto en los casos de violación.

Al mismo la justicia remarcó la necesidad de que estos casos no sean judicializados y además exhortaron a que implementaran los protocolos hospitalarios necesarios.

Los jueces del máximo tribunal de Justicia, confirmaron la sentencia con la que el Tribunal Superior de Chubut había autorizado, en marzo del año pasado, que le realizaran un aborto a una chica de 15 años que había quedado embarazada tras ser violada por su padrastro. Los siete jueces rechazaron así el recurso extraordinario que había interpuesto el asesor general subrogante de Chubut, que, en se había tornado abstracto luego de que se realizara la práctica quirúrgica.

A juicio de la justicia argentina, aunque en este caso el aborto ya se había realizado, se configuraba uno de los supuestos de excepción, principalmente porque era necesario un pronunciamiento que sirviera de guía para futuros casos análogos.

Respaldo constitucional

El voto mayoritario de la Corte también resaltó que la Constitución y los tratados de Derechos Humanos no prohíben los abortos en estos casos y, por el contrario, impiden castigarlos.

Con esta decisión también se quiso poner fin a una polémica surgida en el país en torno a los abortos debían realizarse a todas las víctimas de violación o solo a aquellas que poseían alguna discapacidad mental

En la misma línea, se subrayó que  los médicos en ningún caso deben requerir autorización judicial para realizar esta clase de abortos y que deben practicarlos requiriendo exclusivamente la declaración jurada de la víctima, o de su representante legal, en la que manifieste que el embarazo es la consecuencia de una violación.

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