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Fallo de la Corte Suprema sobre alzas unilaterales en planes de Isapres no es retroactivo

Así lo aclaró la Superintendenta de Salud, Liliana Escobar, asegurando que “es bastante específico. Es, primero que nada, para esos 30 casos”.

Liliana Escobar, Superintendenta de Salud, aclaró en ADN que el fallo del máximo tribunal sobre la prohibición a las Isapres para aumentar el valor de los planes de salud en forma unilateral, “no es retroactivo. Es, primero que nada, para esos 30 casos, y para el período del alza que han planteado las Isapres. Por lo tanto, es bastante específico”.

Acerca de la reforma previsional, Escobar explicó que “es un plan que contiene el examen de medicina preventiva, los GES (plan de Garantías Explícitas de Salud), una cobertura de gastos catastróficos, y todas las prestaciones que están incluidas en el arancel de libre elección de Fonasa. Por lo tanto, no es un plan básico, sino que es un plan general“.

 

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