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2 de Septiembre de 2014

Ex superintendete Coloma es sobreseído de la querella presentada por Julio Ponce

Después de meses, la Fiscalía Centro Norte determinó que no existe delito y solicitó el sobreseimiento definitivo de los tres imputados en el caso.

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Más novedades en el Caso Cascadas. Este martes, el Séptimo Juzgado de garantía acogió la solicitud de la Fiscalía Centro Norte y sobreseyó definitivamente la querella por los delitos de prevaricación administrativa y abuso contra particulares presentada por Julio Ponce Lerou. Se trata del ex Superintendente de Valores y Seguros, Fernando Coloma, el Intendente de Valores, Hernán López y del ex jefe del Área de Cumplimiento de Mercado, Hugo Caneo.

Después de meses, la Fiscalía Centro Norte determinó que no existe delito y solicitó el sobreseimiento definitivo de los tres imputados en el caso. 

Según informa La Tercera, la querella había sido presentada por Ponce en noviembre de 2013. En ella Ponce señalaba que Coloma, López y Caneo habían incurrido en el delito de prevaricación administrativa por tres razones: al desechar la denuncia interpuesta por Norte Grande S.A en contra de Moneda; al no instruir un sumario interno por supuestas irregularidades en el contexto de la denuncia de Norte Grande en contra de Moneda y al rechazar la solicitud de inhabilidad y la suspensión del plazo para efectuar descargos en el proceso administrativo sancionador dirigido en contra de Julio Ponce.

Pero, los fiscales José Morales y Tania Sironvalle establecieron que ninguna de esas conductas son actos de prevaricación administrativa porque ninguno de los  casos tiene fundamentos o motivaciones arbitrarias.

La querella de Ponce planteó un segundo delito: el de abuso contra particulares, también dirigo a Coloma, López y Caneo. Con cuatro argumentos: un supuesto retardo doloso en la realización de diligencias investigativas en el proceso por la denuncia de Norte Grande contra Moneda; la negativa al acceso al expediente administrativo; la inexistencia de un expediente administrativo y el retardo en la dictación de resoluciones.

También se descartó la existencia de estos ilícitos, porque no existe ningún antecedente en la investigación que permita concluir que alguno de los imputados haya intentado retardar la investigación, como tampoco impedir el acceso a este o retrasar arbitrariamente la dictación de resoluciones.

En la resolución del Séptimo Juzgado de Garantía se estableció que la defensa de Ponce no habría agotado todas las instancias administrativas antes de presentar la querella.

La resolución dice que ninguna de las situaciones reclamadas es injusta y que el querellante pudo recurrir a otras instancias judiciales para reclamar de las resoluciones con las que no estuvo de acuerdo.

Además asegura que los plazos fueron razonables y que si existieron problemas fueron de tipo administrativo y no penal, por lo que dictó el sobreseimiento definitivo del caso, condenando al querellante al pago de las costas del juicio.

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