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30 de Septiembre de 2021

Nuevo sistema tarifario de Transbank

La Corte Suprema sentenció que las reglas sobre las cuales se establecen las tarifas, en mercados regulados como éste, que son traspasadas al final del día a los consumidores finales, son contrarias a las reglas de la libre competencia y, en consecuencia, corresponde que sean revertidas, además de fijar la obligación de la empresa de indemnizar el daño causado a los consumidores. Transbank no ha hecho, hasta ahora, nada de lo anterior.

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Señor director,

Como organización de consumidores rechazamos la aprobación del nuevo sistema tarifario de Transbank que implicará un aumento de precios a los clientes finales, que son nuestros representados. Esto incumple lo establecido, en esta materia, por la Corte Suprema y los lineamientos de la Fiscalía Nacional Económica de enero de 2020; omite en sus normas la regulación existente; no se hace cargo de reparar el daño causado a los consumidores por cobros indebidos al no respetar las reglas de la libre competencia; mantiene la cláusula que impide cobrar menos a los consumidores que pagan al contado; e implica las alzas ya mencionadas en los precios a pagar por los consumidores finales.

La Corte Suprema sentenció que las reglas sobre las cuales se establecen las tarifas, en mercados regulados como éste, que son traspasadas al final del día a los consumidores finales, son contrarias a las reglas de la libre competencia y, en consecuencia, corresponde que sean revertidas, además de fijar la obligación de la empresa de indemnizar el daño causado a los consumidores. Transbank no ha hecho, hasta ahora, nada de lo anterior.

En ese sentido, llama la atención la inacción de los actores del sistema de libre competencia en perseguir el incumplimiento del fallo de la Suprema, así como la búsqueda de reparación a los consumidores. Por todo lo anterior, creemos que se debe suspender el nuevo sistema tarifario hasta que se encuentre plenamente implementado el proceso (que está en curso) de fijación de las tasas de intercambio en los términos de su artículo 8.

Para que los mercados funcionen a plenitud, deben resguardarse siempre los principios y la reglamentación sobre libre competencia porque, de lo contrario, no sólo se perjudica a los consumidores, que nosotros representamos, sino que también a los demás actores que podrían sufrir los efectos nefastos, sobre todo el sistema económico, de la competencia desleal.

Stefan Larenas,
presidente de Odecu

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