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30 de Noviembre de 2012

INDH presenta recurso para justicia militar en caso de estudiantes desnudada en comisaría

El requerimiento presentado hoy ante el Tribunal Constitucional, se justifica según del INDH, debido a que, de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, “cuando una persona militar comete un delito común sobre un civil, el delito debe ser conocido siempre por la jurisdicción del ámbito civil.

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Una acción constitucional tendiente a que el Tribunal Constitucional declare la inaplicabilidad de normas que otorgan competencia a la justicia militar en el caso de una adolescente presuntamente desnudada por personal de Carabineros de Chile de la 36 Comisaría, fue presentada esta mañana por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

Cabe recordar que la joven, fue detenida en el marco de una manifestación realizada el pasado 23 de agosto. El INDH interpuso una querella criminal por este caso -el 7 de noviembre pasado- en contra de todos/as aquellos/as que resulten responsables, en calidad de autores/as, cómplices o encubridores/as por el presunto delito de apremios ilegítimos o tortura a la adolescente. Posteriormente la jueza del 14 Juzgado de Garantía se declaró incompetente, enviando los antecedentes a la Justicia Militar.

El requerimiento presentado hoy ante el Tribunal Constitucional, se justifica según del INDH, debido a que, de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos, “cuando una persona militar comete un delito común sobre un civil, el delito debe ser conocido siempre por la jurisdicción del ámbito civil: por una parte, porque no se puede someter a un civil a un sistema especial y, por otra, porque los delitos comunes comprometen intereses civiles, que cualquier ciudadano/a puede infringir y no sólo los que tienen la condición de militares”.

El escrito presentado por el INDH añade que “las personas civiles no pueden ser, por ningún motivo, sometidas a juzgamiento en la determinación de sus derechos por tribunales especiales dejando de lado al tribunal ordinario”.

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