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24 de Septiembre de 2013

Corte Suprema confirma sentencia por colusión contra Whirpool, aunque rebaja la multa

El fallo determina que, entre 2005 y 2008, Whirpool y su competidora Tecumseh -empresa que se acogió a la delación compensada- se coludieron para alzar los precios de los compresores, insumo esencial para la fabricación de refrigeradores.

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En fallo unánime, los ministros de la Tercera Sala de la Corte Suprema, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y Dinorah Cameratti (suplente), además del abogado integrante Alfredo Prieto, confirmaron la sentencia dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TLC) en contra de Whirpool  por colusión.

Pese a ello, el máximo tribunal rebajó el monto de la multa aplicada desde 10.500 UTA (US$ 10,2 millones) a 5.000 UTA (US$ 4,9 millones). 

El fallo determina que, entre 2005 y 2008, Whirpool y su competidora Tecumseh -empresa que se acogió a los preceptos del artículo 39 bis del Decreto Ley 211, sobre delación compensada- se coludieron para alzar los precios de los compresores, insumo esencial para la fabricación de refrigeradores.

“Whirlpool S.A. y Tecumseh, pudieron imponer sus precios dado que el mercado relevante presentaba barreras de entrada y una altísima concentración de mercado. Efectivamente, ambas empresas mantuvieron una participación de mercado conjunta cercana al 90%, tanto en unidades importadas por firmas en Chile como en valores importados, todo lo cual da cuenta del elevado porcentaje de mercado que representaban dichas compañías en caso de actuar de consuno. De ello se sigue que estas dos empresas, actuando de manera coordinada, tenían la capacidad de afectar el precio de venta de sus productos en Chile”, dice el fallo.

“Se concluye, entonces, que este mercado se encontraba dominado por las firmas requeridas en atención a la evidente complejidad del proceso de sustitución de los productos en cuestión, configurándose barreras de entrada para nuevos competidores en el corto plazo, lo que junto con la elevada participación conjunta de mercado de las requeridas les otorgaba un poder de mercado del que éstas podrían haber abusado”, consigna el DF.

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