La Fiscalía de Viña del Mar obtuvo la primera sentencia condenatoria del país en que se aplica la agravante introducida en el Código Penal por la Ley Zamudio, contra un hombre y una mujer que amenazaron y agredieron a una pareja de lesbianas.
De acuerdo con los antecedentes del caso, el 16 de diciembre de 2012, alrededor de las 18:30 horas, los imputados Felipe Villarroel y Claudia Acevedo llegaron al domicilio de las afectadas, ubicado en el sector de Forestal, donde las amenazaron y agredieron físicamente por su orientación sexual.
Los visitantes advirtieron a las mujeres que les iban a quemar la casa y que las iban a matar, y producto de la agresión una de las víctimas resultó con lesiones graves, mientras que la otra terminó con lesiones menos graves.
El caso llegó a manos de la Fiscalía de Viña del Mar, donde el fiscal jefe, Pablo Avendaño, presentó acusación por amenazas y lesiones, y solicitó que se aplicara contra ambos la agravante nº 21 del artículo 12 del Código Penal, introducida a este cuerpo normativo por la denominada Ley Zamudio.
Por lo anterior, en juicio abreviado Villarroel fue condenado a 400 días por amenazas, y a 900 días por lesiones, lo que suma 3 años y medio de presidio que el tribunal de garantía viñamarino le permitirá cumplir con reclusión nocturna en recintos penitenciarios.
Contra Acevedo, en tanto, se impusieron 122 días por amenazas y 511 por las lesiones a las víctimas, lo que suma cerca de un año y 7 meses.
La diferencia en las penas impuestas a los acusados se debe a que contra Villarroel pesaba, además, la agravante de reincidencia en delitos de violencia, mientras que la mujer tenía dos atenuantes a su favor, entre ellas la de irreprochable conducta anterior.