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Corte Suprema autorizó funcionamiento de globos de televigilancia en Las Condes y Lo Barnechea

De este modo, revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual en marzo pasado acogió un recurso de protección presentado por vecinos, considerando que se vulneraba su privacidad.

La Corte Suprema, a través de su Tercera Sala, autorizó el funcionamiento de los globos aerostáticos de televigilancia instalados por los municipios de Las Condes y Lo Barnechea.

De este modo, revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cual en marzo pasado acogió un recurso de protección presentado por vecinos, considerando que se vulneraba su privacidad.

No obstante, instauró cuatro condiciones para el funcionamiento de estos globos; solo podrán grabar espacios públicos y privados abiertos; un inspector o delegado municipal deberá certificar una vez al mes que no se captaron imágenes de espacios privados como el interior de una casa o departamento, un local de comercio, jardines y balcones.

Junto con ello, las grabaciones deberán ser destruidas después de 30 días, salvo si captó un delito y cualquier persona podrá tener acceso a las grabaciones en Las Condes y Lo Barnechea.

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