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Corte de Apelaciones ordena al Ministerio de Salud facilitar traslado a EE.UU. de niño con cardiopatía

El menor lleva 12 años esperando operación al corazón. El fallo ordena que se disponga la emisión de los antecedentes y certificados necesarios para la atención del recurrente en el Boston Children’s Hospital.

En un fallo unánime, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió un recurso de protección presentado por la madre de un menor que requiere viajar a Estados Unidos para intervención cardíaca en el Boston Children’s Hospital.

La sentencia ordena al Ministerio de Salud, el Servicio de Salud Magallanes, el Hospital Luis Calvo Mackenna y la Secretaria Regional Ministerial de Salud de Magallanes a “adoptar sin excusas” todas las medidas necesarias para que el menor reciba la atención que le ofrece el hospital.

La razón, según se lee en el fallo, señala que “el niño lleva esperando 12 años por una decisión médica que le permita tratar la patología declarada”, mientras que “existe el programa con fondos que permite financiar la intervención y así extender su vida, en condiciones más seguras y concretas, como también la calidad de la misma, en la ciudad de Boston, en los términos ofrecidos por el Boston Children’s Hospital que ya ha ejecutado esta operación en otra paciente magallánica”, según publica Cooperativa.

La sentencia establece además que “las actitudes erráticas y diversas ante situaciones similares desplegadas por el Estado (…) evidentemente han vulnerado la Garantía del Derecho a la vida de un niño de actuales 12 años de edad, (…) constituyendo una amenaza a su integridad física, con evidente aflicción psíquica que se ha extendido por más de doce años sin hacer operativa una solución eficiente y permanente, así como también la de protección a la salud”, considerando que la única alternativa que se le ha planteado es el trasplante.

El fallo ordena “que se disponga la emisión de los antecedentes y certificados necesarios para la atención del recurrente en el Boston Children’s Hospital, por parte del Hospital Luis Calvo Mackenna”, además que “se coordine, por el Servicio de Salud de Magallanes, la postulación a los fondos del Programa ‘Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para personas en situación de discapacidad’ por parte de la recurrente”, señalando además que dichas acciones deben realizarse sin presentar “dificultad o inconveniente de alguna de ellas”.

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