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TC asegura que exigir arrepentimiento público a presos por violación a los derechos humanos afecta la dignidad humana

La instancia entregó los argumentos de fondo por el fallo que desestimó exigir arrepentimiento para que violadores de DD.HH. accedan a libertad condicional.

“El legislador no puede compeler a una persona a expresar arrepentimiento mediante una declaración pública, porque ello implica necesariamente una imposición que afecta la referida dignidad humana”. Con ese argumento de fondo, el Tribunal Constitucional falló contra la presentación ante esa instancia que buscaba que presos por delitos de violación a los derechos humanos puedan optar a la libertad condicional solo en caso de evidenciar rechazo hacia los ilícitos cometidos previamente.

Además, consideró que vincular la declaración pública con el arrepentimiento “conlleva una exigencia desproporcionada, cuya finalidad queda igualmente cubierta por el requisito general previsto en la misma ley, conforme al cual el informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile debe dar cuenta de la conciencia acerca de la gravedad del delito, del mal que éste causa y de su rechazo explícito a tales delitos”.

La institución resolvió que dicho requerimiento obliga “al solicitante incurrir en un acto contrario a las garantías de un justo y racional procedimiento, como sería la de autoincriminarse mediante la condena pública de hechos por los que ya fue condenado, aunque en la oportunidad procesal se haya declarado inocente”.

El arrepentimiento público fue uno de los puntos que rechazó el TC para otorgar la libertad condicional, mientras que semanas antes aprobó dos puntos de la misma propuesta: cumplir con dos tercios de la pena impuesta y haber colaborado de manera sustancial con la investigación. 

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Foto del Columnista Bárbara Bayolo Bárbara Bayolo