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23 de Mayo de 2023

Abogado de Jaime Orpis tras su liberación: “La política se financió ilegalmente en Chile por todos los sectores”

"Jaime Orpis ha sido el único político en Chile que ha tenido que cumplir una pena privativa de libertad por financiamiento ilegal de la política".

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Esto, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera el recurso de amparo presentado por su defensa. AGENCIA UNO
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Alejandro Espinoza, abogado de Jaime Orpis, defendió la libertad condicional otorgada al ex senador UDI condenado por cohecho y fraude al Fisco en el caso Corpesca.

Tras su salida de prisión, Espinoza apuntó que “fue una etapa de ocho años, y creo muy importante recordar que esta es una situación tremendamente injusta a nuestro juicio por cuanto, Jaime Orpis ha sido el único político en Chile que ha tenido que cumplir una pena privativa de libertad por financiamiento ilegal de la política”.

“La política se financió ilegalmente en Chile por todos los sectores y solo una persona terminó cumpliendo una condena privativa de libertad, es decir, respecto de uno se cumplió una pena durísima y respecto a otros, o no se investigó o se hizo vista gorda”, agregó a la prensa.

El abogado de Jaime Orpis dejó en claro que “no es un peligro para la sociedad, no tiene riesgo de reincidencia a nuestro juicio, por tanto cumplía todos los requisitos legales para acceder a este beneficio como cualquier ciudadano condenado en Chile”.

Esto, luego que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera el recurso de amparo presentado por su defensa, estableciendo una falta de fundamentación en la resolución impugnada, dictada por la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la solicitud de Orpis.

“Que así las cosas y pese a que el Informe Psicosocial afirma en varias oportunidades que el amparado ‘presenta bajo nivel de riesgo de reincidencia’, la decisión de la Comisión de Libertad Vigilada se sustenta, contrariamente, en el hecho que la documentación tenida a la vista daría ‘cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado”, plantea el fallo.

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