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Caso Audios: los argumentos del tribunal para decretar prisión preventiva para el exfiscal Manuel Guerra

El exfiscal es imputado por los delitos de cohecho, prevaricación y violación de secreto, en el marco del Caso Hermosilla.

Tras extensas jornadas de formalización, este jueves el 4° Juzgado de Garantía de Santiago decretó la prisión preventiva para el exfiscal de la Fiscalía Metropolitana Oriente, Manuel Guerra, a quien se le imputan los delitos de cohecho, prevaricación y violación de secreto.

Lo anterior, en el marco del denominado Caso Audios y sus nexos con el abogado Luis Hermosilla.

En la audiencia, que comenzó el pasado 9 de marzo, la Fiscalía y los querellantes, solicitaron la medida cautelar más gravosa para Manuel Guerra, señalando que “es proporcional a los hechos que se están investigando“.

Bajo este contexto, el tribunal en base a los antecedentes que se presentaron estableció que “hay un peligro para la seguridad de la sociedad se va a decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado”.

Las razones del tribunal para decretar prisión preventiva para el exfiscal Guerra

“Atento el carácter de fiscal regional se va a ordenar que esta sea ejecutada en Capitán Yáber para resguardar la integridad física del imputado dado el cargo que detentaba”, añadieron, fijando un plazo de 45 días para la investigación.

“Ponderando la intensidad de la cautelar y efectivamente el hecho de que las diligencias investigativas se encuentran bastante avanzadas, se desprende también la misma extensión de la formalización y todas las pruebas o antecedentes que ya se han hecho valer se van a fijar 45 días de plazo de investigación”, sostuvieron desde el tribunal.

En este marco, el juez manifestó que “de conformidad con el artículo 94 del Código Penal, esta pena tiene asignada una pena de crimen del plazo de prescripción, consecuentemente de 10 años. El hecho más antiguo que se imputa es del 21 de septiembre del año 2016, que prescribiría el 21 de septiembre del presente año”.

“Se debe tener presente el número de delitos que se encontrarían acreditados en esta etapa procesal, los cuales además se prolongaron por cinco años de manera continua entre el año 2016 y 2021″, enfatizando que se trata de “un sistema delictivo en que cada acto se conecta con los demás a través de una estructura de lealtad desviada, un canal de comunicación permanente y un beneficio final que opera como liquidación del crédito corruptivo acumulado”, expresó.

Los chats demuestran deliberación sostenida, ilusión consciente de los mecanismos de control mediante el uso sistemático de canales informales, y persistencia más allá del cargo”, aseguró el magistrado.

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