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25 de Mayo de 2021

Aprueban idea de legislar proyecto “sin consentimiento es violación”

La iniciativa busca precisar que la inacción o falta de oposición de la víctima no implica que esté dando su consentimiento.

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proyecto sin consentimiento violación La iniciativa deberá ser analizada por la Comisión de Mujer y Equidad de Género antes de pasar a la sala del Senado. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Comisión de Mujer y Equidad de Género del Senado aprobó de forma unánime la idea de legislar el proyecto de ley denominado “sin consentimiento es violación”, el cual busca, mediante modificaciones al artículo 361 del Código Penal, extender los criterios actuales y hechos que constituyen el delito de violación.

La idea, de acuerdo al proyecto de ley, es que se considere como violación no sólo cuando haya uso de fuerza e intimidación o cuando exista coacción, sino que además “la mera inacción o falta de oposición de la víctima no constituye manifestación de consentimiento”.

También se configuraría el delito si hay aprovechamiento de la privación de sentido de la víctima, de su incapacidad o imposibilidad para oponerse. En este caso, de acuerdo al proyecto de ley, “se entenderá especialmente que hay incapacidad o imposibilidad para oponerse cuando la víctima haya sido coaccionada por la participación de más de una persona en la perpetración de los hechos”.

En tercer lugar, sería violación cuando se abusa de la “enajenación, trastorno, anomalía o perturbación mental, aun transitoria de la víctima”.

Tras aprobar la idea de legislar, la Comisión de Mujer y Equidad de Género deberá analizar a fondo el proyecto, antes de pasarlo a la sala de la Cámara Alta.

En relación a las penas que esperan a quienes incurran en este grave delito, el proyecto de ley establece la misma condena actual de presidio mayor en su grado mínimo a medio.

Sin embargo, si la víctima es una persona menor de 14 años la pena podrá ser de presidio mayor, pero en cualquiera de sus grados y no sólo los más bajos como ocurre en la actualidad.

Además, se le aplicará la misma pena a quien realiza la conducta o la persona que “obtenga el consentimiento abusando de una situación de vulnerabilidad de la víctima, de una relación de dependencia o una condición de subordinación a la autoridad”.

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