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Convencional RN asegura que al declarar el agua como un bien inapropiable no se podrán vender helados de agua

Roberto Vega precisó que esta nueva denominación deja en segundo plano al ser humano en la nueva Constitución, en desmedro de los recursos naturales.

El convencional Roberto Vega (RN) realizó una particular exposición para mostrarse contrario a la declaración del agua como bien inapropiable por parte del pleno de la Convención Constitucional, asegurando que no podrán venderse helados de agua o bebidas embotelladas. 

Y es que el artículo 12 A señala que los bienes comunes naturales son el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos y el subsuelo.

Además, establece que son bienes comunes inapropiables el agua en todos sus estados y el aire.

Esto generó rechazo en el convencional Vega, quien planteó que este tipo de normas dejan en segundo plano al ser humano en desmedro de la protección de la naturaleza.

“En cuanto a la nueva categoría de bienes comunes que se encuentra consagrada en los artículos 12 y sus distintas letras, llamados bienes comunes de la naturaleza, nos lleva a que el ser humano está en un segundo plano, pues se crea este nuevo sujeto de derecho que es la naturaleza, que está por sobre el ser humano o humane, como algunos denominan”, aseguró.

Según el constituyente de Vamos por Chile, “la poca prolijidad de la redacción conlleva a que gran parte de la población de Chile, en un tiempo más, cometerá actos que van a estar reñidos con la Constitución, por ejemplo se consagra que el agua en todos sus estados es inapropiable, que quiere decir esto, que el agua no puede ser comercializada, lo que nos parece bien”. 

“Pero en todos sus estados -líquido, sólido y gaseoso- hace que lleguemos a absurdos como que el señor que comercializa agua embotellada actuará en contra de la Constitución”, sostuvo Roberto Vega.

“Que decir de las empresas de bebidas carbonatadas o de las empresas que venden helados de agua, porque al ser el bien inapropiable, no puede ser objeto de comercio y eso es una máxima legal”, precisó.

 

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