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14 de Noviembre de 2013

Senado argentino aprueba la ley contra el "grooming", o acoso a menores por internet

Estas "acciones para ganar la confianza de menores" no estaban contempladas en la legislación penal argentina vigente aunque algunos jueces lograron dictar condenas por "exhibiciones obscenas" o "extorsión".

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El Senado argentino aprobó hoy por unanimidad una ley que penaliza las acciones deliberadas de adultos para ganarse la confianza de menores por internet con fines sexuales, con condenas que van desde seis meses a cuatro años de prisión, informaron fuentes parlamentarias.

La ley sobre el llamado “grooming” o ciberhostigamiento había recibido ya en septiembre pasado el visto bueno de la Cámara de Diputados que la remitió al Senado con algunas modificaciones, que hoy fueron rechazadas por la Cámara alta.

Así quedó aprobado finalmente el texto original de la iniciativa, que incorpora al Código Penal argentino un artículo que establece penas de prisión de seis meses a cuatro años al que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

El acoso cibernético no estaba contemplado en la legislación penal argentina vigente aunque algunos jueces lograron dictar condenas por “exhibiciones obscenas” o “extorsión”.

La nueva ley señala en sus fundamentos que la expansión del uso de las tecnologías ha favorecido este tipo de delitos, en los que adultos interactúan con niños a través de “fachadas que evitan el contacto físico y con identidad falsa”.

Aunque a menudo se trata de un trámite “preparatorio”, los menores pueden quedar expuestos a situaciones de gravedad, como la difusión de contenidos pedófilos o el encuentro físico y sexual.

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