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Permiso de Circulación 2025: cuánto deberás pagar y qué documentos debes tener para realizar el trámite

El documento tiene un valor distinto para cada vehículo y se debe realizar en la Dirección de Tránsito de cualquiera de los 346 municipios.

Como es habitual cada año, el 1 de febrero comienza el proceso de renovación del Permiso de Circulación, un procedimiento esencial que autoriza a los automóviles, camionetas y demás vehículos motorizados a circular legalmente por las calles del país.

En ese contexto, el trámite tiene un valor distinto para cada vehículo y se debe realizar en la Dirección de Tránsito de cualquiera de los 346 municipios.

¿Qué documentos se necesitan para sacar el permiso de circulación?

Vehículos usados:

  • Permiso de Circulación del año anterior.
  • Revisión técnica y análisis de gases vigente.
  • Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) con vigencia de un año.
  • No registrar infracciones pendientes en el Registro de Multas del Registro Civil.

Vehículos nuevos:

  • Factura de la compra con copia.
  • Inscripción en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  • Certificado de homologación, si corresponde.
  • Póliza de Seguro Obligatorio Automotriz (SOAP), con vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente.

¿Cuándo se paga el Permiso de Circulación 2025?

El Permiso de Circulación 2025 se debe pagar entre el 1 de febrero y el 31 de marzo. Esta fecha corresponde a automóviles particulares, motocicletas, furgones y camionetas, entre otro tipos de vehículos.

¿Cuál es el valor del Permiso de Circulación?

Para saber cuánto se debe pagar por el Permiso de Circulación, se puede consultar la tasación fiscal en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos en ESTE LINK.

Estos valores son establecidos por la entidad según el año de fabricación de los automóviles, motos y vehículos pesados.

Junto a ello, el pago del documento permite acceder a la modalidad de una o dos cuotas en las siguientes fechas:

  • Pagar el total entre el 1 de febrero y el 31 de marzo.
  • Pagar una cuota en dicha fecha y la segunda cuota entre el 1 y el 31 de agosto.

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