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Carozzi arremete ante la Suprema contra multa por Ley de Etiquetado

La empresa fue sancionada con 500 UTM por la campaña “Comamos Informados” y, tras perder en tribunales de primera y segunda instancia, presentó un recurso de casación ante el máximo tribunal.

Empresas Carozzi recurrió a la Corte Suprema para intentar dejar sin efecto una multa de 500 UTM, equivalente a poco más de $35 millones, que le fue aplicada por la Seremi de Salud Metropolitana a raíz de la campaña “Comamos Informados”.

La compañía sostiene que la sanción vulneró su derecho a expresar una opinión crítica sobre la política de etiquetado de alimentos.

Carozzi arremete ante la Suprema contra multa por Ley de Etiquetado

La controversia se originó en 2020, cuando Carozzi acudió al 6º Juzgado Civil de Santiago para impugnar la sanción. Tras obtener resultados adversos en primera y segunda instancia, la empresa presentó a comienzos de septiembre un recurso de casación ante el máximo tribunal, patrocinado por el abogado Eduardo Cordero, socio de Guerrero y Olivos.

En el escrito, sostuvo que “Discrepar, ejercitar una libertad fundamental, sobre la cual se construye nuestra sociedad civil democrática y el Estado de Derecho le significó a Carozzi recibir una multa de 500 UTM”.

En su presentación, la compañía también cuestionó el actuar de la exseremi de Salud Metropolitana Rosa Oyarce y del entonces senador Guido Girardi, a quien atribuye un rol central en la creación de la Ley de Etiquetado.

Carozzi planteó que “o sea, ambos extremos del procedimiento sancionador (su inicio y conclusión) fueron llevados adelante por autoridades políticas, de gobierno y administrativas que no compartían la opinión de Carozzi”. Además, afirmó que “La sentencia recurrida prohíbe cuestionar al gobierno y a la ley”.

La empresa también cuestionó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó la multa, señalando que “las ministras Vásquez, Lazen y Soler, lejos de enmendar los errores de la primera instancia, los agravaron”.

La compañía defendió así su derecho a cuestionar la política pública y sostuvo que la normativa presenta deficiencias, entre ellas su aplicación a productos envasados y la exclusión de alimentos como la comida rápida y el alcohol.

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