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Polémica por cobro de peajes: ley permite liberar a vehículos de emergencia pero MOP tiene facultad para aplicarlo a otros usuarios

La ley cambió en 2016 y permite que vehículos de emergencia circulen sin pagar, aunque deben cumplir condiciones.

Varios registros de los incendios que afectan al sur del país han generado impacto y se han viralizado rápidamente en redes sociales. Uno de ellos muestra a una cajera de peaje relatando los momentos de estrés vividos mientras cobraba a vehículos que se dirigían a las zonas de catástrofe. “La gente pedía que liberaran o levantaran los peajes, desesperada; querían ver a sus familias e ir en ayuda”, explicó la funcionaria.

La polémica ha seguido escalando. Este martes, la ministra de Obras Públicas, Jéssica López, reconoció que en un caso puntual “tuvimos un descriterio temporal de tres horas en la administración de una de las rutas concesionadas, y eso ya se corrigió”.

“Cuando uno está en una situación como esta, de emergencia, con el nivel de afectación y la necesidad de tener las rutas despejadas para el desplazamiento de quienes combaten el fuego y del resto de la ciudadanía, es evidente que las rutas deben estar habilitadas y sin cobro; esa era la instrucción vigente”, agregó la secretaria de Estado.

La ministra puso sobre la mesa un punto clave para entender cómo opera el cobro de peajes en este tipo de situaciones. En el caso de las rutas concesionadas, es el Ministerio de Obras Públicas (MOP) el organismo facultado para solicitar la liberación del cobro o el alzamiento de barreras, a través del inspector fiscal que supervisa la operación.

¿Por qué el Ministerio autoriza la liberación de los cobros? Aunque desde Copsa declinaron referirse al tema, altas fuentes del sector explican que posteriormente es el Estado quien compensa a las concesionarias por estos tráficos, ya que se trata de montos millonarios. De ahí que la ministra López hiciera referencia a la existencia de un “decreto” para liberar determinados peajes.

Las mismas fuentes reconocen que, en el caso de usuarios que no correspondan a vehículos de emergencia, es poco habitual que se adopte esta medida sin una instrucción explícita del MOP.

El caso de los vehículos de emergencia

Poco después del video en el que se escuchaban bocinas y reclamos por la negativa inicial a subir las barreras, la misma cajera publicó una nueva grabación: “Se liberaron las barreras, se acaban de liberar, así que pueden pasar”, relató.

En situaciones de emergencia, la ley establece que los vehículos de emergencia están exentos del pago de peaje -ya sea manual o mediante sistemas de telepeaje como el TAG- cuando circulan por carreteras concesionadas y se encuentran atendiendo incendios, accidentes, traslados de enfermos u otras contingencias. Esta normativa rige desde 2016.

Las instrucciones para las concesionarias indican que estos vehículos deben transitar con balizas o sirenas activadas y que, bajo ninguna circunstancia, se debe obstaculizar su paso en las plazas de peaje. La ley contempla a los vehículos de Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones (PDI), el Cuerpo de Bomberos, las brigadas forestales de la Corporación Nacional Forestal (Conaf), las Fuerzas Armadas y las ambulancias, tanto de instituciones fiscales como de establecimientos privados que cuenten con la autorización correspondiente.

En el caso específico de los vehículos de las Fuerzas Armadas, la exención de pago aplica únicamente cuando existe un estado de excepción constitucional de catástrofe, siendo responsabilidad del MOP informar a las concesionarias sobre los decretos vigentes.

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