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11 de Junio de 2021

Justicia argentina condena a 5 años de cárcel a tatuador acusado de “pornovenganza”

El acusado fue encontrado culpable de los delitos de coacción y lesiones leves calificadas por haber difundido imágenes íntimas sin el consentimiento de la víctima.

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Justicia argentina pornovenganza El condenado reconoció haber abusado de la víctima en una entrevista radial.
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La justicia argentina condenó al tatuador Patricio Pioli a cinco años de cárcel por haber ejercido “pornovenganza” o “sextorsión” contra su ex pareja.

Pioli fue considerado culpable de los delitos de “coacción y lesiones leves calificadas” por el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional de La Rioja, por haber difundido imágenes íntimas sin el consentimiento de la víctima.

El proceso legal comenzó hace cinco años, cuando la mujer lo denunció por viralizar videos de ambos manteniendo relaciones sexuales. En esa oportunidad la justicia dejó al hombre libre de cargos. Todo cambió tras una entrevista de radio del sujeto, donde reconoció que haber abusado de ella.

La abogada Mariana Barbitta, presidenta de la Asociación de Mujeres Penalistas de la Argentina (AMPA), explicó que “a diferencia del grooming, la “pornovenganza” no está tipificada en el Código Penal, como sí lo está en el Código Penal español, por eso la condena es por coacción”.

Para los jueces quedó acreditada “que todas estas situaciones de violencia y hostigamiento hacia la víctima provocaron en ella un daño psicológico, un daño o quiebre en su salud mental caracterizado, entre otras, por sensación de desamparo, desvalimiento y sensación de encontrarse en situación de peligro real, perdiendo la confianza y seguridad en sí misma”, indicó la abogada.

Por su parte, la víctima dijo a Infobae: “Tengo una alegría inmensa, porque toda la gente que va a denunciar a su agresor lo mínimo que espera es justicia, aunque a veces resulte muy difícil obtenerla”.

Los defensores de Patricio Pioli recurrirán a la anulación del caso, por lo que habrá que esperar si el tribunal ratifica la condena en su contra.

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