Secciones
Opinión

Inclusión laboral para el 20% de los chilenos

Fundación Ronda ha articulado y elaborado con el apoyo de Fundación Probono, la Red Incluye y Comunidad de Organizaciones Solidarias, un documento que resume en 10 puntos, varios aspectos claves y relevantes.

El pasado mes de junio, el Gobierno y los medios de comunicación anunciaron la promulgación de la esperadísima Ley de inclusión laboral para Personas en situación de Discapacidad (PsD), donde se estableció una cuota de reserva del 1% de empleos, en empresas públicas y privadas de 100 o más trabajadores y se deroga la norma que permite que las personas con discapacidad mental puedan percibir salarios menores que el sueldo mínimo.

Si bien este hecho nos pone muy contentos y esperanzados, ya que es el punta pie inicial para comenzar a crear una sociedad inclusiva desde sus bases -uno de los objetivos fundacionales de nuestra Ronda- nos mantiene alertas y preocupados el hecho que si no se redacta un reglamento adecuado para la implementación de esta Ley, lo más probable es que termine en letra muerta o con procesos de inclusión laboral poco eficientes y efectivos, tanto para las personas con discapacidad como también las empresas sujetas a cumplimiento.

Debido a esto ùltimo, Fundación Ronda ha articulado y elaborado con el apoyo de Fundación Probono, la Red Incluye y Comunidad de Organizaciones Solidarias-que en conjunto estas últimas dos suman a más de 260 organizaciones representativas de la sociedad civil- un documento que resume en 10 puntos, varios aspectos claves y relevantes, que creemos que los Ministerios de Trabajo y Previsión Social, Hacienda y Desarrollo Social -que actualmente desarrollan este regalmento- deben considerar en su redacción.

Uno de ellos es la eliminación del requisito mínimo de octavo básico para postular a empleos en el sector público establecido en los estatutos administrativos. Las “escuelas especiales” no tienen equivalencia con los “estudios tradicionales”, por lo que mantener esta solicitud excluiría a todas las PsD que no han conseguido dicho grado académico.

Otra de ellas, y en el mismo ámbito, tiene relación con las exigencias de compatibilidad de salud para postular a cargos del aparato público. Estas, no pueden guardar relación alguna con la discapacidad del postulante.

Mientras que otro punto relevante a considerar, y que puede influir de gran manera a la efectividad de esta norma, es que se invierta adecuadamente en procesos de intermediación laboral. De esta manera podremos asegurar que el match sea adecuado entre los postulantes con discapacidad y el tipo de competencias y funciones requeridas para el cargo y la accesibilidad universal del puesto de trabajo.

Estos puntos, entre otros más, buscan que esta legilación no se transforme en un obstáculo para las empresas y organismos; que no se busque la contratación de PsD sólo por cumplir; y menos aún, que dichas organizaciones encuentren vestigios para sortear de otra manera el cumplimiento deq esta normativa.

Notas relacionadas







Qué pasó ayer

Qué pasó ayer

El Frente Amplio puede bien dejar de ser el Pepe Grillo de la sociedad chilena pero no puede dejar de ser una pregunta abierta que esta cuando se cierra sobre sus miedos necesita responder.

Foto del Columnista Rafael Gumucio Rafael Gumucio