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4 de Febrero de 2021

Aguas con Perú: ¿otra vez la política del avestruz?

Esperemos que la estrategia no consista en tapizar a Perú con notas diplomáticas, que poca eficacia tienen. Es por ello que insisto en la necesidad de incorporar en la nueva Constitución la obligación de defender la integridad territorial y los intereses soberanos de nuestro país, como lo son las aguas del río Uchusuma.

Por Francisco Orrego
Foto Agencia Uno.
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Francisco Orrego

Francisco Orrego es Abogado

A propósito de la reciente visita a Chile del Presidente de Argentina, Alberto Fernández, y la desafortunada declaración conjunta entre ambos gobiernos, que en nada favorece el reclamo chileno sobre las pretensiones transandinas de extender su plataforma continental en el Mar Austral, afectando los intereses chilenos en la zona, hace bien recordar que nuestro país no sólo tiene asuntos pendientes con nuestros vecinos transandinos, sino que también tiene temas inconclusos con nuestros vecinos del norte, Perú.

No me refiero al cumplimiento de las obligaciones pendientes del fallo de la Corte de La Haya (2014), respecto de lo cual los chilenos tampoco hemos conocido o visto mayores avances. Me referiré en esta oportunidad a una antigua controversia, que viene siendo denunciada hace tiempo por el Consejo Nacional Aymara, de la comuna de General Lagos, y más recientemente, por un senador chileno y por una candidata a constituyente en representación del pueblo Aymara.

Se trata de la extracción ilegal de agua que hace Perú desde el río Uchusuma y la Laguna Blanca, en territorio chileno, a través de la desviación artificial del recurso hídrico hacia Tacna. Ello explica que, en diciembre de 2018, el Consejo Nacional Aymara, en una carta dirigida al Presidente de la República, reclamara, entre otros temas, que el “canal peruano Uchusuma que transporta todas esas aguas y atraviesa nuestro territorio, se lleva nuestra agua hacia Tacna y su ensanchamiento ha sido autorizado por el Gobierno de Chile … Esta acción ha desecado Laguna Blanca, que según el Tratado de límites con Perú debe ser una laguna binacional …”.

Al parecer, la inacción de las autoridades chilenas radicó en considerar durante décadas, erradamente por cierto, que el canal Uchusuma sobre el que existe una servidumbre, en virtud del artículo 2º del Tratado de Lima de 1929, era lo mismo que el río de igual nombre, mismo que nace en Perú, atraviesa nuestro territorio y muere en Bolivia, configurando de este modo un cauce internacional. El asunto es que las aguas del río Uchusuma serían desviadas a Tacna a través del canal homónimo, desecándolo íntegramente en Perú. Eso explica los justificados reclamos del pueblo Aymara, que considera que nuestro país hace muy poco por defender los intereses chilenos en la zona.

Salvo por un aislado intento del ex canciller Teodoro Ribera por levantar el caso, se trata de un problema que ha permanecido desatendido por nuestras autoridades diplomáticas desde hace décadas. Nada nuevo bajo el sol. Sólo a partir de octubre de 2018, se incluyó una mención en la Declaración de Paracas, suscrita entre ambos gobiernos, donde acordaron conformar, por primera vez en la historia, una mesa técnica para abordar este problema.

Sin embargo, los chilenos desconocemos si nuestras autoridades han avanzado en el tema de las aguas con Perú, o bien, han recurrido a la antigua política del avestruz o la táctica de mantener los asuntos delicados en el congelador. El caso de la plataforma continental argentina es un buen ejemplo de los costos que se pagan por desatender, ignorar o, simplemente, no darles prioridad a los asuntos bilaterales.

El río Uchusuma es un cause internacional que no se encuentra regulado por el Tratado de 1929 y, en dicha calidad, se le aplican las normas de la Convención de Nueva York de 1997 sobre uso y aprovechamiento de ríos internacionales no navegables. El régimen sobre el uso y aprovechamiento de las aguas internacionales, de acuerdo a la referida convención -que ninguno de los tres países ha ratificado, pero que la Corte de La Haya aplica como guía-, exige que los acuerdos de aprovechamiento compartido de aguas sean bajo criterios de uso equitativo y razonable, reglas que no se estarían aplicando en el caso del río Uchusuma.

¿Nos encontramos frente a otro caso de abandono de nuestras regiones extremas? Puede ser, pero creo que el caso nos exige levantar la mirada y ver un poco más allá. Junto con considerarlo como una deuda pendiente de nuestra política exterior con el pueblo Aymara, el caso nos enseña otro ejemplo de pasividad y descuido en nuestra política vecinal, que se viene a sumar al caso con Argentina por su plataforma continental.

Los chilenos esperamos que, a diferencia de la controversia con Argentina, en este caso la estrategia no consista en tapizar a Perú con notas diplomáticas, que poca eficacia tienen. Es por ello que insisto con tanta fuerza en la necesidad de incorporar en la nueva Constitución la obligación de defender la integridad territorial y los intereses soberanos de nuestro país, como lo son las aguas del río Uchusuma.

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