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25 de Marzo de 2021

Violencia estructural contra niñas, niños y adolescentes: ¿hasta cuándo?

Es indiscutible que en Chile la violencia existente en los centros de acogimiento, también llamados residencias, no sólo corresponde a una violencia directa (física y psicológica) en contra de niños, niñas y adolescentes, sino también califica como violencia institucional.

Por Ester Valenzuela
sename lista del pueblo Según el Comité de Derechos del Niño, “el sistema de protección residencial en Chile ha resultado en una amplia vulneración de derechos de miles de niños" (Agencia UNO/Archivo).
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Ester Valenzuela

Ester Valenzuela es Académica Facultad de Derecho de la Universidad Diego Portales. Directora Ejecutiva Cideni

Es incuestionable que el Estado no debe ser autor de violencia contra quienes se encuentran bajo su protección, pues esta se constituye en acciones aberrantes y contrarias a todos los compromisos internacionales. Cuando esta violencia es dirigida contra poblaciones vulnerables, como es el caso de niños, niñas y adolescentes, es aún más deleznable, especialmente al provenir del Estado, el cual debiese asumir un rol de garante y protector de la infancia y adolescencia en su respectivo país.

A más de 30 años de la firma de la Convención de Derechos del Niño y más de una década desde la formulación de las directrices sobre modalidades alternativas de cuidado de los niños, Chile aún está en deuda, especialmente con niños, niñas y adolescentes privados de su entorno familiar. Su situación ha sido denunciada en innumerables ocasiones: el Comité de Derechos del Niño señaló en su Informe de 2018 que el Estado de Chile viola sistemáticamente los derechos de niños niñas y adolescentes que viven en residencias, indicando que han existido violaciones graves y sistemáticas a los derechos de la infancia vulnerable en los últimos 40 años (es decir, a partir de la creación del Sename en 1979), indicando que “el sistema de protección residencial en Chile ha resultado en una amplia vulneración de derechos de miles de niños, niñas y adolescentes bajo la tutela del Estado durante un largo período de tiempo”.

Es indiscutible que en Chile la violencia existente en los centros de acogimiento, también llamados residencias, no sólo corresponde a una violencia directa (física y psicológica) en contra de niños, niñas y adolescentes, sino también califica como violencia institucional, toda vez que los organismos a cargo de la protección de los niños son organismos estatales o bien organismos supervisados por el Estado. El mismo Informe del Comité de Derechos del Niño considera que las violaciones descritas no son producto de circunstancias puntuales, personas específicas o de una determinada coyuntura, sino que hay causas estructurales que han permitido esa situación. Ello se evidencia en el hecho de que se han mantenido a lo largo de casi 40 años y en la falta de corrección ante las reiteradas denuncias y constataciones

Esto nos lleva a plantear que la violencia que hoy en día existe contra niños, niñas y adolescentes que se encuentran separados de su familia en cuidado alternativo, reviste las características de la llamada violencia estructural. El Comité considera que son cuatro las principales causas estructurales que han favorecido las graves y sistemáticas violaciones del Estado de Chile a niños, niñas y adolescentes que se encuentran bajo su cuidado: a) la visión tutelar de la infancia; b) una incorrecta interpretación del carácter subsidiario del Estado; c) la excesiva judicialización del sistema; y d) la insuficiencia de recursos humanos, técnicos y financieros en el sistema. Estas cuatro causales identificadas por el Comité en su informe, dan cuenta de problemas enraizados que, en su conjunto, dan paso a una violencia estructural.

Se trata de niños que provienen de clases de bajos recursos económicos. La desigualdad económica, social y cultural atraviesa transversal y estructuralmente el problema. Las instituciones no se coordinan ni articulan debidamente, no existe seguimiento y monitoreo efectivo de los planes de intervención, no se trabaja con las familias de origen para así restituir el derecho del niño a vivir en familia. En términos económicos, los recursos del Estado son destinados desde una visión subsidiaria. Como lo indica el Comité, “una visión de ayuda subsidiaria está muy lejos de la obligación jurídica de poner los recursos necesarios para garantizar los derechos”. No podemos además obviar que la totalidad de los niños que se encuentran en hogares son niños que provienen de familias pobres, y es claro que nacer en contexto de pobreza amplifica la desigualdad que afecta a la infancia.

Adicionalmente, persiste la impunidad en los casos de abuso, violencia, y vulneración de derechos, y no existe propuesta alguna de reparación a niños, niñas y adolescentes que han víctimas de estos delitos, ni a las familias de aquellos que han muerto estando al cuidado del Estado.

¿Hasta cuándo seguiremos sumando violaciones a los Derechos Humanos de niños, niñas y adolescentes? ¿Hasta cuándo dejaremos a la infancia fuera de las prioridades de las políticas públicas? ¿Hasta cuándo toleraremos como sociedad que en nuestras narices se continúe vulnerando a niños y niñas que están bajo el cuidado del Estado?

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