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9 de Junio de 2022

Desmenuzando el proyecto refundacional, cuarta parte: caos económico

Ya no solo el Estado, sino que también las regiones, podrán crear empresas, y por lo tanto endeudarse para eso, circunstancia que sabemos cómo comienza y termina.

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Estos cambios introducen una variable de incerteza. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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No cabe duda de que la mayoría de los constituyentes no saben nada de economía. Tampoco les importa saber. Lo mismo aplica para el Gobierno, que sin ningún pudor en el extranjero reclama por inversiones aduciendo la certeza que otorgaría el país, cuando apoyan un engendro que lo que hace es provocar incerteza. Todo esto, además, en un marco de inseguridad surrealista – donde los marinos son enjuiciados por hacer su trabajo -, y en un contexto en que por razones políticas se rechazan una y otra vez proyectos que podrían generar empleo, y aumentar los recursos del Estado. Pero, les molesta y esa es su tónica, que privados chilenos tengan éxito. Cualquier pretexto sirve. 

El acabose de este espiral de resentimiento lo constituye el texto refundacional que hemos venido estudiando, porque por razones que ignoramos, ya no solo el Estado sino que también las regiones podrán crear empresas, y por lo tanto endeudarse para eso, circunstancia que sabemos cómo comienza y termina. Es historia repetida. Comienza con recursos de todos, invertidos en proyectos que no marginan, pero que sirven para pagar favores políticos, y que terminan al final de sus días quebrados y endeudados, con la diferencia no menor que quien paga es el contribuyente y lo hace con sus impuestos, que ahora y con el proyecto, aumentarán bajo la forma de tasas y contribuciones, que al igual que los impuestos son prestaciones pecuniarias impuestas por el poder de imperio. 

Lo dicho, y que provocará un caos; un desorden económico monumental en las finanzas de todos, se demuestra al revisar la estructura que tendrá el país, porque de ser un Estado Unitario, pasará a organizarse en regiones, comunas, y territorios indígenas autónomos (Número 143, artículo 2). Las regiones estarán dotadas de autonomía financiera (Número 146, artículo 5) y tendrán su propio patrimonio, del mismo modo que las comunas autónomas y los territorios indígenas (Número 159, artículo 18, Número 173, artículo 1, Número 190, artículo 19, respectivamente). Las regiones autónomas podrán establecer contribuciones y tasas y crear empresas públicas regionales si una ley las autoriza (Número 167 artículo 27, número 18 y 19 respectivamente). Las comunas autónomas, pueden también crear empresas o participar en ellas, si también una ley las autoriza (Número 188, artículo 17). El número 201, artículo 3) establece, que aún cuando el principio general es la no afectación, la ley puede crear tributos en favor de entidades territoriales, cuyos ingresos se conformarán con impuestos, tasas y contribuciones (Número 204, artículo 9, número 2 y 4). 

Es en ese marco, caracterizado por entidades que estarán hambrientas de tener recursos, y autoridades políticas ávidas de gestionar sus propios emprendimientos, solo que con plata ajena, se torna aún más grave y complejo el hecho de que los tributos y el endeudamiento público, que en la Constitución de Lagos están reservados a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República pasen a ser materia de moción parlamentaria (1/4 de los diputados o representantes regionales). El Presidente sólo puede actuar por omisión, esto es, no patrocinando dichos proyectos, hasta 15 días después que el proyecto en cuestión se despache por la Comisión respectiva (Número 31, artículo 27), lo que sabemos provocará una presión insostenible, que allanará el camino a la demagogia.

Estos cambios introducen una variable de incerteza, equivalente al que hoy tienen los ministros, cuando votan los proyectos que ya han sido aprobados por la institucionalidad ambiental (Artículo 20 y 25 quinquies, Ley 19.300). 

 

 

 

 

En su primera sesión el comité de ministros de Boric, rechazó un megaproyecto de gas natural en Atacama y un relleno sanitario. El primer contaba con informe positivo de la Comisión de Evaluación Ambiental (2019), mientras que el segundo no logró ser visado en esta etapa (2021). Ambos proyectos tienen una instancia más de reclamación, que es el Tribunal Ambiental.
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