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Una puerta abierta: Prison Break y la Convención

Las constituciones existen, entre otras razones, para limitar el poder del Estado y en especial de quien gobierna, protegiendo así a los ciudadanos y las familias de arbitrariedades o abusos de dicho poder.

Fue en el año 2005 que comenzó la transmisión de la exitosa serie Prison Break, en la que el personaje principal, Michael Scofield, procura ingresar como reo a Fox River, una cárcel de máxima seguridad, para rescatar a su hermano Lincoln Burrows, injustamente sentenciado a la silla eléctrica luego de ser inculpado de un crímen que no alcanzó a cometer.

Es así como la primera temporada se enfoca en el escape guiado por el elaborado plan de Michael, el que lleva cifrado en los tatuajes que cubren todo su cuerpo. Luego de un primer intento fallido de escape, Michael necesitará de la ayuda de la doctora Tancredi, quien deberá dejar la puerta de la enfermería abierta para permitir el escape del grupo de reos desde la prisión de alta seguridad. Concretado el escape, la Dra. Tancredi es perseguida como cómplice, pues un punto crítico para viabilizar la fuga fue aquel en el que ella incumple el estricto protocolo de mantener todas las puertas de la enfermería cerradas, dejando deliberadamente abierta la puerta correcta en el momento adecuado para permitir el escape liderado por Scofield.

Sin ánimo de banalizar uno de los procesos electorales más determinantes para la institucionalidad y la convivencia política en el Chile de las próximas décadas, es necesario relevar una estrategia utilizada por la Convención Constitucional, que podría ser calificada como “dejar la puerta abierta” en diversas materias de importancia para la ciudadanía.

En diversas instancias de debate político tanto en radio como en televisión, partidarios del trabajo de la Convención han argumentado que un sistema de reparto de pensiones no estaría explicitado en el texto, por lo que suponer su instalación tras un triunfo del Apruebo sería en el mejor de los casos un temor con poca base y en el peor, una fake news. Lo que resulta interesante es que al analizar el artículo 45 de la propuesta que debe aprobarse o rechazarse este 4 de septiembre, se nota que en los tres primeros numerales da señales y contiene ambigüedades que permitirían, si la voluntad de quien implementa el nuevo sistema de seguridad social así lo estima, que se establezca un sistema con más elementos de reparto, más a la española, en lugar de uno que mantenga un sistema mixto, lo que se traduce en capitalización individual con solidaridad, como el actual modelo chileno. Esta figura es equivalente a dejar la puerta abierta, tal y como hace la doctora Tancredi, toda vez que la propuesta constitucional mandata, en la disposición transitoria vigésimo séptima, a que sea el gobierno quien en un plazo máximo de 12 meses diseñe y envíe al Congreso un nuevo sistema de seguridad social. Por otra parte, vale la pena recordar que los convencionales rechazaron toda propuesta que buscaba explicitar que los fondos de pensiones seguirán siendo propiedad de los trabajadores, porque eso implicaría cerrar la puerta.

En otras temáticas, como salud, el texto propuesto no elimina del sistema explícitamente a los prestadores privados o, en específico, a las ISAPRE. Por el contrario, sólo establece como estándar el que podrían participar en la medida que determine la ley que se aprobará después. Es aquí donde queda abierta la puerta, porque será el gobierno, en este caso el del Presidente Boric, el encargado de proponer la ley que diseñe el sistema, siendo de público conocimiento que en su agenda sí está la determinación de eliminar a las ISAPRE en su rol de ser una alternativa a FONASA y sus listas de espera.

En términos de propiedad, es cierto que el artículo 78 de la propuesta consagra el derecho de propiedad y, ante los ojos de cualquier ciudadano, podría ser correcta la redacción usada pero al prestar atención sobre numeral 4, el concepto de “justo precio” es otra puerta abierta; a través de este concepto, una ley podría establecer un mecanismo que permita al Estado apropiarse del patrimonio de los ciudadanos con una indemnización de menor valor a la que tendrían esos bienes de aplicar el estándar exigido por la actual Constitución, que es el equivalente al precio de mercado por adelantado y al contado.

Si nos enfocamos en educación escolar, nuevamente existe una puerta abierta cuando en el artículo 36 numeral 7, se establece que habrá financiamiento para los establecimientos estatales de educación escolar, pero se dejan fuera aquellos que son de dependencia particular subvencionada, donde estudia hoy más de la mitad de los escolares del país. Nuevamente se mandata al  gobierno de turno para  presentar la ley de implementación del sistema de educación configurado por la propuesta de la Convención. Es evidente el espacio que queda para reducir, o llanamente eliminar, el financiamiento a los establecimientos de educación escolar no estatales.

Este ejercicio puede extenderse a una basta lista de temas como lo son la plurinacionalidad, el derecho a la vivienda o incluso, los sistemas de justicia indígenas, frente a los cuales los convencionales que rechazaron las indicaciones para aclarar el sentido y alcance de las normas propuestas, podrían estar jugando el rol de la Dra. Tancredi, dejando una puerta abierta.

Las constituciones existen, entre otras razones, para limitar el poder del Estado y en especial de quien gobierna, protegiendo así a los ciudadanos y las familias de arbitrariedades o abusos de dicho poder. Teniendo presente lo anterior, la existencia de estas “aberturas” en la propuesta de la Convención, graves en sí mismas, se tornan aún más peligrosas cuando existe alguien capaz de utilizarlas y sacar provecho de estas fallas institucionales. Para comprender que el riesgo es real, basta con revisar el programa de gobierno del Presidente Boric o recordar las declaraciones del ministro Jackson en junio de este año, cuando condicionó a un triunfo del Apruebo la realización de ciertas reformas que el oficialismo tiene en carpeta.

Un último elemento en esta reflexión radica en la determinación de la Convención de tratar temas de fondo -como los señalados- una vez resuelta la elección presidencial de 2021, es decir, se decidió deliberadamente discutir el contenido de la propuesta sabiendo quién sería el próximo Presidente de Chile. Esto dio origen en su momento a transversales críticas dada la posibilidad de que la Convención propusiera elementos distintos en función del ganador de la presidencial. No tenemos cómo saber qué habría pasado si Gabriel Boric no hubiera sido electo, pero una posibilidad cierta, es que habríamos visto una propuesta que explicitara todo aquello que hoy está oculto bajo un manto de ambigüedad o una declaración de buenas intenciones. Este 4 de septiembre sabremos si esas riesgosas puertas quedan abiertas para ser utilizadas por el gobierno o bien, la ciudadanía las cerrará, impidiendo su uso oportunista y aportando algo de certeza a un país que lleva casi tres años sumergido en una considerable incertidumbre.
 

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