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La ley Papito Corazón trajo un respiro

Considerando sólo las declaraciones de la primera etapa (del 1 al 8 de abril), se retuvieron los impuestos de 9.992 personas, por un monto de $1.574 millones, lo que significa un aumento de casi cuatro veces de lo ocurrido el año pasado.

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El pasado 20 de mayo, la Ley 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones Alimenticias, más conocida como Ley Papito Corazón, cumplió un año de funcionamiento.

Las cifras entregadas por las autoridades a modo de balance son elocuentes: se ha ordenado el pago de 830 mil millones de pesos, lo que equivale a cerca de 22 teletones y sobrepasa el Fondo creado por tres años para la reconstrucción de Valparaíso, que incluye viviendas, infraestructura pública y urbanización de la zona, tras el incendio. De ese monto, se han cancelado 318 mil millones, es decir, cerca del 40% de lo dictaminado por los tribunales.

Por una parte, las cifras son abrumadoras; por otra, esperanzadoras. Abrumadoras porque nos permiten dimensionar cuán grande es este problema. Se trata de una situación que afecta a niños, niñas y adolescentes, y -aunque no lo podemos constatar a través de este balance- sí podemos deducir que al menos parte de él no es solamente económico, sino que habla de la irresponsabilidad parental en general.

Al mismo tiempo, se trata de números esperanzadores, pues es un mecanismo real que impone, como mínimo, algo de justicia económica, impactando en más de 168 mil beneficiados. Un respiro para esos grupos familiares.

Un respiro que se hace posible a través de varios mecanismos. Uno de ellos es la reciente Operación Renta, pues la Tesorería General de la República puede ejecutar las devoluciones (cuando existan) sólo a contribuyentes que no registren deudas de pensiones alimenticias.

De hecho, considerando sólo las declaraciones de la primera etapa (del 1 al 8 de abril), se retuvieron los impuestos de 9.992 personas, por un monto de $1.574 millones, lo que significa un aumento de casi cuatro veces de lo ocurrido el año pasado. Y la cuenta crecerá, dado que las devoluciones tributarias están contempladas hasta la semana del 27 de mayo.

Pero es importante que los tutores a cargo de menores de edad a los que les corresponda recibir la pensión sepan que no es el único mecanismo que propone la ley.

La normativa reglamenta que quienes tengan fijado el monto a través de tribunales y no hayan recibido una o más cuotas pueden acudir a la justicia, la que tiene la atribución de retener el monto adeudado desde cuentas bancarias, fondos mutuos u otros instrumentos financieros, incluyendo cuentas de ahorro provisional voluntario. Además, existe un procedimiento especial, que permite extraerlo vía AFP.

Si bien esta regulación no soluciona en 360 grados la irresponsabilidad parental, sí permite resguardar de mejor manera los derechos de los menores de edad, al menos con una base económica que cubra educación, alimentación, y otras necesidades. Por eso, la única forma de seguir avanzando es formalizar las cuotas y deudas ante los tribunales de familia.

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