El viernes 11 de septiembre, tras dos jornadas de deliberación que la propia presidenta del máximo tribunal describió con una franqueza poco habitual en la magistratura -admitió, textual, un “factor emocional” en la sala-, el Pleno de la Corte Suprema resolvió lo que ningún gremio corporativo hace por gusto: podar sus propias filas. De los 58 cuadernos de remoción abiertos en junio, en un primer escrutinio, 11 jueces terminaron expulsados por haber encontrado en la licencia médica una modalidad de vacaciones pagadas con cargo al erario y a la fe pública. Viajaron, estudiaron, descansaron. Todo mientras el Estado les creía enfermos. La votación fue dividida y la remoción se fundó en el artículo 80 de la Constitución, esa cláusula dormida que permite separar a un juez por “mal comportamiento” y que, hasta ahora, funcionaba sobre todo como advertencia teórica.
Conviene situar el episodio en su linaje. El Poder Judicial chileno no ha sido, históricamente, una institución dada a la autocrítica pública y, por lo tanto, que ahora, en un solo fallo, decida remover a más jueces que en varias décadas anteriores combinadas no es un gesto menor.
La objeción más citada contra el fallo -que la Asociación Nacional de Magistrados formuló con la solemnidad de quien defiende principios y no gremios- sostiene que el procedimiento fue irregular, que un tribunal que juzga la permanencia de otros jueces debe someterse él mismo a reglas de legalidad y racionalidad. El argumento es impecable en abstracto y sospechoso en su origen porque quienes lo enarbolan son, mayoritariamente, los mismos que se beneficiaban del statu quo que el fallo vino a interrumpir. Hay algo delicioso en observar a una corporación invocar el debido proceso justo cuando el debido proceso empieza, por primera vez en mucho tiempo, a costarle caro a sus miembros. La ironía no es mía; es de la propia institución, que durante años exigió a los ciudadanos comunes un apego irrestricto a la forma y ahora, cuando la forma se le aplica a ella, descubre virtudes garantistas que jamás practicó con el mismo fervor hacia fuera.
Porque ahí está el núcleo del asunto, quien tiene el privilegio de juzgar no puede reclamar para sí la indulgencia que niega a los demás. Un juez que falla causas de fraude al Fisco, de uso indebido de fondos públicos, de simulación de enfermedad para eludir obligaciones, no puede simular una enfermedad para eludir sus propias obligaciones sin convertir su toga en una pieza de utilería. El estatuto especial de la magistratura -inamovilidad, fuero, remuneraciones que la Constitución protege con esmero- no es un regalo gratuito de la República, es la contrapartida de una exigencia ética superior, la misma que se le pide a cualquier autoridad que administra poder en nombre de otros. Cuando esa ecuación se rompe, cuando el privilegio sobrevive y la exigencia se diluye, lo que se degrada no es sólo el prestigio de un tribunal es la posibilidad misma de que la ciudadanía crea que la ley rige para todos por igual, y no como una cortesía que unos pocos pueden eximirse de cumplir.
Por eso el fallo, con todo lo abrupto que resulte y con todo lo perfectible que sea su procedimiento -porque perfectible lo es, y decirlo no debilita el argumento de fondo-, acierta en lo esencial: fija un estándar. De ahora en adelante, la licencia médica de un magistrado no será un salvoconducto discrecional, sino un instrumento sujeto al mismo escrutinio que el resto de la administración pública debiera tener y rara vez tiene. Las sociedades no se desmoronan por un exceso de rigor hacia quienes ejercen poder; se desmoronan, lenta y silenciosamente, cuando renuncian a exigírselo. La Corte Suprema, por la bendita porfía de Gloria Ana Chevesich, esta vez, decidió no ser cómplice de su propio deterioro. Que lo haya hecho tarde, y de forma imperfecta, no le resta mérito al gesto, en un país acostumbrado a que las corporaciones se protejan entre sí. Se puede (y debe) trazar otro estándar.