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ONU: cuando el sesgo se convierte en el sistema

Si una democracia es examinada, con mayor razón deben serlo las dictaduras. De lo contrario, los derechos humanos dejan de ser universales y pasan a depender de mayorías políticas. Por eso, cuando el sesgo deja de ser una excepción para convertirse en parte de la arquitectura de una organización, el problema ya no es solamente la imparcialidad respecto de una resolución determinada, sino la credibilidad de toda la institución: la ONU.

No es necesario negar la importancia histórica de la ONU para reconocer que su credibilidad atraviesa por una crisis. Nacida en 1945, después de la devastación de la Segunda Guerra Mundial, fue concebida con la idea de que los conflictos podían ser encauzados mediante reglas comunes y que los Estados, grandes o pequeños, debían responder igualitariamente ante principios compartidos.

Pero hay una realidad que a veces se olvida: la ONU no está por encima de los Estados, no es una entidad supranacional completamente ajena a la política internacional que observa al mundo desde una posición neutral. Es más bien una organización formada por países, y esos países votan, negocian, forman bloques y defienden intereses.

Si bien esto no es necesariamente una anomalía, sino la naturaleza misma de la organización, el problema comienza cuando esas dinámicas políticas terminan incorporándose a las instituciones hasta transformarse en estructuras permanentes. Y esta deformación resulta especialmente evidente en el tratamiento que recibe Israel.

Israel ingresó a las Naciones Unidas en 1949. Desde entonces, el Estado judío ha estado sometido a una atención institucional que difícilmente encuentra un equivalente en el tratamiento de otros países. En la Asamblea General, las resoluciones específicamente críticas hacia Israel se han acumulado durante décadas, mientras numerosos conflictos y violaciones de derechos humanos en otras partes del mundo reciben una atención considerablemente menor.

Entre 2015 y 2025, por ejemplo, Israel fue objeto de 109 resoluciones críticas por parte de la Asamblea General, frente a 83 dirigidas al conjunto de los demás países del mundo. Si bien la cifra por sí sola no demuestra que cada resolución sea injustificada, claramente obliga a formularse algunas preguntas. Y las respuestas no puedes encontrarse únicamente en las acciones del gobierno israelí de turno, porque para entender esta desproporción hay que mirar la arquitectura que se fue construyendo dentro de la propia ONU.

Un caso emblemático es el Consejo de Derechos Humanos. En esta instancia, mientras las situaciones de derechos humanos de los países son abordadas normalmente bajo mecanismos generales, Israel cuenta con un punto específico y permanente de la agenda, el denominado Punto 7, que exige que la situación de los derechos humanos en los territorios palestinos sea examinada en cada período de sesiones. A lo anterior se suman un relator especial, una comisión de investigación y diversos mecanismos específicamente vinculados con la cuestión palestina.

Naturalmente, Israel, como todas las democracias, puede ser escrutada, sin embargo, cabe preguntarse por qué Israel merece mecanismos institucionales permanentes y específicos que no se aplican de la misma manera a otros países.

Una de las respuestas posibles está en la herencia que nos dejó de la Guerra Fría, cuando el bloque soviético, numerosos países árabes y algunos estados no alineados adoptaron políticas persecutorias hacia Israel, logrando levantar la Resolución 3379, que calificó al sionismo como una forma de racismo. Si bien la resolución fue revocada en 1991, sus consecuencias pueden observarse hasta hoy, a través de las narrativas palestinas que han instrumentalizado este concepto, despojándolo de su sentido original de movimiento nacional del pueblo judío, para convertirlo en un slogan que promueve la cancelación y persecución a los judíos que ven en Israel un punto de referencia cultural y espiritual.

Lamentablemente, el veneno antiisraelí siguió esparciéndose en el sistema ONU, a través de una inédita infraestructura institucional alrededor de la cuestión palestina: la División para los Derechos de los Palestinos, el Comité para el Ejercicio de los Derechos Inalienables del Pueblo Palestino, el Comité Especial encargado de investigar las prácticas israelíes. Y, desde mucho antes, la UNRWA, la agencia creada específicamente para atender a los refugiados palestinos, que, a diferencia de la ACNUR, a cargo de todo el resto de los refugiados del mundo, parece trabajar por perpetuar la condición de refugiados, en vez de insertarlos en el mundo.

Es cierto que la existencia de una institucionalidad dedicada a una determinada población no constituye por sí misma una prueba de parcialidad, pero claramente plantea una pregunta sobre los incentivos institucionales. Efectivamente, porque cuando durante décadas se construyen departamentos, comités, relatorías, programas y presupuestos alrededor de una determinada cuestión, esa cuestión adquiere una vida institucional propia. O sea, ya no depende exclusivamente de la coyuntura política y se convierte en parte de la burocracia permanente.

Algo similar sucede con las fuentes y los métodos utilizados por la ONU para generar sus informes, ya que muchos datos sobre víctimas y situación humanitaria proceden de las autoridades locales de salud, el Ministerio de Salud de Gaza, que sirve las políticas del gobierno del grupo terrorista Hamás.

En consecuencia, si el sistema internacional pretende defender derechos universales, esos derechos deben ser universales. Si una democracia es examinada, con mayor razón deben serlo las dictaduras. De lo contrario, los derechos humanos dejan de ser universales y pasan a depender de mayorías políticas. Por eso, cuando el sesgo deja de ser una excepción para convertirse en parte de la arquitectura de una organización, el problema ya no es solamente la imparcialidad respecto de una resolución determinada, sino la credibilidad de toda la institución: la ONU.

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Foto del Columnista Peleg Lewi Peleg Lewi