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Una ley para que las pymes puedan crecer

El Gobierno prepara una iniciativa para estimular a las pymes, un sector que representa la mayor parte del tejido empresarial del país. Aunque una rebaja tributaria podría favorecer su liquidez y capitalización, su impacto dependerá también de que la reforma facilite la formalización, reduzca trámites y permita el crecimiento de estos negocios.

El Gobierno ha mostrado una favorable capacidad de impulso legislativo en materia económica: consiguió la aprobación de la Ley de Reconstrucción Nacional y ha promovido una reforma al mercado de capitales. Ahora, según ha trascendido, prepara una iniciativa especial para estimular a las pymes. El propósito es necesario, pero su eficacia dependerá de que las medidas aborden los obstáculos que enfrentan estas empresas para formalizarse, operar y crecer.

Las micro, pequeñas y medianas empresas constituyen una amplia mayoría del tejido empresarial del país. Según las estadísticas del Servicio de Impuestos Internos correspondientes al año comercial 2024, Chile contaba con 909.469 microempresas, 260.575 pequeñas empresas, 38.354 medianas y 17.988 grandes empresas. La clasificación distingue a las microempresas con ventas anuales de hasta 2.400 UF; a las pequeñas, con ventas superiores a 2.400 y hasta 25.000 UF; y a las medianas, con ventas superiores a 25.000 y hasta 100.000 UF.

Estas cifras justifican una agenda que favorezca el desarrollo de las empresas de menor tamaño. Sin embargo, subsisten preguntas fundamentales: ¿qué medidas debería contener el proyecto?, ¿cómo se facilitará el crecimiento de sus beneficiarios?, ¿qué mecanismos permitirán evaluar sus resultados?

A mi juicio, la escasa información pública sobre su diseño dificulta una discusión que convendría iniciar antes de su ingreso al Congreso. Hasta ahora, ha trascendido la posibilidad de establecer una tasa reducida del impuesto de primera categoría, estructurada por tramos, y de dar rango legal al tratamiento de las actividades de subsistencia actualmente regulado por el SII a través de una resolución.

¿Serán suficientes estas medidas? ¿Qué otras disposiciones permitirían que el apoyo se traduzca en mejores condiciones para emprender y crecer?

La discusión profesional y académica ha puesto de relieve que una política para las pymes requiere combinar instrumentos tributarios con facilidades administrativas y de formalización. Una tasa reducida puede contribuir a ese objetivo, pero su efecto debe combinarse con otras medidas adicionales.

En un régimen plenamente integrado, como el Pro Pyme General para los propietarios que corresponda, el impuesto de primera categoría pagado por la empresa se utiliza como crédito contra los impuestos finales del dueño. Si este es una persona natural residente en Chile, su Impuesto Global Complementario se determina considerando sus rentas personales, incluidos los retiros afectos que efectúe desde la empresa. Si el crédito imputable supera el impuesto determinado, puede originarse una devolución, conforme a las reglas aplicables; si resulta insuficiente, deberá pagarse la diferencia. Esta mecánica hace aumentar la carga tributaria cuando el empresario realiza elevadas sumas de retiros.

Por ello, una rebaja del impuesto empresarial puede tener un efecto relevante sobre la liquidez de la empresa, pues si no hay retiros en un ejercicio, la carga tributaria total solo queda supeditada a la tasa de primera categoría que afecta a la empresa, la cual, como ya se mencionó, es baja. De esta forma, se premia la capitalización de las utilidades que redundará en el crecimiento de la empresa.

Una estructura de tasas por tramos me parece una alternativa atendible. Sin embargo, su diseño debe evitar saltos de carga que desincentiven el crecimiento e incorporar resguardos frente a la subdeclaración de ingresos o la fragmentación artificial de actividades. Facilitar el desarrollo empresarial y proteger la recaudación son objetivos que deben abordarse conjuntamente.

La formalización constituye otro componente indispensable. El actual Registro de Actividades de Subsistencia contempla un límite de ingresos promedio de cinco UTM mensuales y exige cumplir otros requisitos. Dar rango legal a su tratamiento podría aportar estabilidad, pero su alcance seguirá siendo acotado si no se articula con una transición sencilla hacia otros regímenes cuando el negocio crezca. Además, los actuales límites para poder impetrar este mecanismo son tan bajos que, en la práctica, estos contribuyentes están en los tramos exentos y, por ello, no pagan impuestos.

También es importante no concentrar las medidas solamente en otorgar una baja carta tributaria. Reducir trámites y facilitar la incorporación de pequeños negocios al sistema formal puede ser un aporte por sí mismo. Lo decisivo es que esa incorporación no abra paso a obligaciones difíciles de comprender o cumplir.

En particular, cualquier simplificación contable debe coordinarse con las obligaciones laborales y municipales. Las gratificaciones legales y las patentes comerciales responden a reglas distintas: algunas modalidades de gratificación se relacionan con las utilidades, mientras que las patentes se vinculan, por regla general, al capital propio tributario. Una reforma bien diseñada debe evitar que la simplificación en un ámbito genere incertidumbre en otro.

También corresponde evaluar cuidadosamente el papel de las municipalidades. Existen tratamientos especiales para pequeños contribuyentes en los que estas intervienen, como ocurre con determinados comerciantes de la vía pública normados en el artículo 22 de la Ley sobre Impuestos a la Renta. En este caso, la ley establece que la formalización de estos contribuyentes se realiza en los respectivos municipios.

La capacidad administrativa de estos organismos es heterogénea. Por eso, considero que el SII debe conservar un papel central en la gestión tributaria y en los procedimientos de formalización, aprovechando su infraestructura y cobertura nacional. 

Legislar para las empresas de menor tamaño exige conciliar realidades muy diferentes. Un negocio de subsistencia, una pequeña empresa con trabajadores y una mediana empresa en expansión necesitan respuestas acordes con sus características.

Precisamente por esa complejidad, el Gobierno debería abrir tempranamente la discusión con gremios, las universidades y especialistas. Una deliberación pública mejor informada permitiría que el Congreso examinara propuestas con fundamentos técnicos claros y efectos previsibles. Las pymes merecen una legislación cuya eficacia esté a la altura de su importancia para el país.

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Foto del Columnista Germán R. Pinto Perry Germán R. Pinto Perry