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6 de Febrero de 2013

Superintendencia de Casinos no puede fiscalizar presencia de niños en estos recintos

La SCJ señaló que actualmente existen en Chile dos industrias de casinos de juego, sometidas a regímenes diferentes en cuanto a su autorización, funcionamiento y fiscalización. Por eso llamó a no retrasar el proceso legal que pone fin a los casinos municipales.

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La Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ) indicó esta tarde que no tiene atribuciones de fiscalización en el Casino de Viña del Mar, pues la citada sala de juegos es municipal y no se rige por la disposiciones legales que atañen a la Superintendencia.

La SCJ busca así delimitar las responsabilidades por la presencia de una menor de 9 años en el lugar, a altas horas de la noche, lo que derivó en una acusación por abuso sexual hacia menores en contra del conductor Pablo Mackenna. La situación ha puesto en relieve la inconveniencia de que haya menores, a esa hora, en un lugar eminentemente adulto.

Por ello, la entidad fiscalizadora  llamó a no retrasar el proceso legal que pondrá término a los casinos municipales, a objeto de someter a todas las casas de juegos a la fiscalización de la Superintendencia. 

“En la actualidad existen en Chile dos industrias de casinos de juego, sometidas a regímenes diferentes en cuanto a su autorización, funcionamiento y fiscalización. Por un lado, se encuentra la industria de casinos de juego creada al amparo de la Ley N° 19.995 del año 2005 y por otro, la industria de los casinos municipales, creados por leyes especiales anteriores al año 2005 y amparados en regímenes de concesión y fiscalización municipal”, sostuvo la SCJ en un comunicado que recoge Soy Chile.

Respecto a la presencia de menores en estos recintos, la SCJ sostuvo que en los casinos de su competencia, a la luz del artículo 9 de la Ley N° 19.995, que fija las Bases Generales para la Autorización, Funcionamiento y Fiscalización de Casinos de Juego, y que “establece expresamente que no podrán ingresar a las salas de juego o permanecer en ellas los menores de edad, siendo responsabilidad del operador, y en especial del personal a cargo de la admisión al casino de juego, velar por el acatamiento de estas prohibiciones”.

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