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22 de Abril de 2014

Lo que debes saber: Chilenos en el exterior no podrán votar en elecciones parlamentarias ni municipales

Aunque se trata de una iniciativa largamente anhelada por los compatriotas que viven afuera, la norma aprobada hoy no deja a todos contentos. Mira por qué.

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Este martes, el Senado dio el visto bueno al proyecto de ley que regula el derecho a sufragio de los chilenos en el exterior. La iniciativa, que ya había sido aprobada en general por la Cámara de Diputados, fue votada favorablemente hoy, tras la firma de un protocolo de acuerdo entre la ministra secretaria general de la Presidencia, Ximena Rincón, y parlamentarios de Renovación Nacional, del movimiento Amplitud y de la Nueva Mayoría, con el fin de asegurar el resultado en la sesión de este martes.

1.- El origen

Aunque hace 24 años que se puso en trámite la primera iniciativa para conseguir el voto de los chilenos en el exterior, el proyecto que hoy vio la luz ingresó al Senado el  14 de agosto de 2013 a través de una moción originada por las senadoras señoras Isabel Allende Bussi  (PS) y Soledad Alvear Valenzuela (DC), además de los senadores Alberto Espina (RN), Hernán Larraín (UDI) y Patricio Walker (DC).

2.- Urgencia

Para el despacho de esta iniciativa, el gobierno le puso  “suma”  urgencia a todos sus trámites constitucionales. La Cámara tenía 15 días para afinar su tramitación, plazo que venció el día 18 de abril.

3.- ¿Qué dice el proyecto?

El proyecto introduce un nuevo inciso tercero al art. 13 del Constitución, por el cual se  permite a los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país a sufragar desde el extranjero en las elecciones de Presidente y Plebiscitos Nacionales, por el solo hecho de solicitarlo para cada elección o plebiscito.

4.- Ya no se exige vínculo con el país

Los parlamentarios de la UDI defendieron desde el inicio del trámite la exigencia de un vínculo con Chile a los ciudadanos en el exterior. Esta idea fue desechada en el transcurso de la tramitación, eliminando la disposición que establecía que: “Los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país y mantengan vínculos con Chile podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones y plebiscitos que establezca una ley orgánica constitucional.  Dicha ley establecerá también las condiciones y formas en que se ejercerá este derecho y regulará las circunstancias que constituyen tal vinculación”.

5.- Quienes quieran votar deben ir al consulado

Durante el paso por la Cámara Baja el proyecto fue modificado. Se eliminó la oración “dicha solicitud se dirigirá al Servicio Electoral, pudiendo realizarse en Chile o a través de los Consulados de Chile en el extranjero, indicando el Consulado donde se ejercerá este derecho”, por lo que ya no es necesario presentar tal solicitud.

En la Cámara se sustituyó la oración “los requisitos formales que deberá contener la mencionada solicitud” por la siguiente: “el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral“, procedimiento que debe ser establecido por una ley orgánica constitucional.

6.- No podrán votar en parlamentarias y municipales

La normativa aprobada regula el sufragio de chilenos desde el extranjero en las elecciones de Presidente y Plebiscitos Nacionales. Lo cual deja fuera su participación en otros actos electorales. Algo que, en opinión de Oscar Vivallo, coordinador de “Haz tu voto volar“, reduce sus posibilidades de votar. “Tenemos sentimientos encontrados con lo que ocurrió, aunque para nosotros es un paso importante. Independiente de la reforma votada hoy, vamos a celebrar cuando esté establecido en un cien por ciento que podemos votar en todas las elecciones“, manifestó.

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