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29 de Agosto de 2014

Corte Suprema rechaza recurso que pedía traslado de Celestino Córdova

El máximo tribunal confirmó sin modificaciones la sentencia del tribunal de alzada que, el 24 de julio pasado, descartó arbitrariedad en la decisión de Gendarmería que denegó el traslado solicitado por el interno, quien argumentaba que en el penal de Temuco se vulneraban sus derechos y garantías constitucionales.

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La Corte Suprema ratificó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó un recurso de protección presentado por Celestino Córdova en contra de la decisión de Gendarmería que impidió su traslado desde el cárcel de Temuco, donde cumple condena, hasta el Centro de Educación y Trabajo de Vilcún.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal confirmó sin modificaciones la sentencia del tribunal de alzada que, el 24 de julio pasado, descartó arbitrariedad en la decisión de Gendarmería que denegó el traslado solicitado por el interno, quien argumentaba que en el penal de Temuco se vulneraban sus derechos y garantías constitucionales, como el derecho a la vida, igualdad ante la ley y libertad de conciencia.

“Que en relación con la igualdad ante la ley, no se ve de qué manera este ha sido amenazado, privado o perturbado considerando que los recurridos especialmente Gendarmería de Chile y el Estado de Chile se han limitado en su actuar estrictamente a las disposiciones legales que lo regulan”, consigna el fallo.

Además, el tribunal apuntó que “respecto de la libertad de culto o de conciencia, tampoco se ve de qué manera se ha vulnerado este derecho ya que tal como lo reconocen los recurrentes y el recurrido Gendarmería de Chile, al condenado no se le ha privado en su actuar como machi al permitírsele, en cumplimiento de la reglamentación, el ejercicio de sus creencias, ya que incluso se le ha autorizado para efectuar los ceremoniales especiales cuando así lo ha solicitado con asistencia de su comunidad”.

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