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27 de Agosto de 2019

Conoce si eres beneficiario del Subsidio al Empleo Joven o del Bono Trabajo Mujer

De acuerdo a lo informado por el Sence, el próximo 30 de agosto se hará efectivo el pago de los beneficios. 

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Subsidio al Empleo Joven
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El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) anunció la fecha de pago del Bono Trabajo Mujer y el Subsidio al Empleo Joven.

El Subsidio al Empleo Joven contabiliza el dinero retroactivo por los meses anteriores a la postulación dentro del mismo año. Mientras que el Bono al Trabajo de la Mujer, se pagará proporcional a los meses contados a partir del mes siguiente a la fecha de inscripción.

De acuerdo a lo informado por el Sence, el próximo 30 de agosto se hará efectivo el pago de los beneficios.

Para saber si eres beneficiario al subsidio para jóvenes y cuánto es el monto que recibirías pincha aquí. Mientras que para conocer si recibirás el Bono al Trabajo de la Mujer debes hacer click aquí.

Requisitos para Subsidio al Empleo Joven

  • Tener entre 18 y menos de 25 años.
  • Haber obtenido su licencia de enseñanza media hasta los 21 años.
  • Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% de menores ingresos o mayor vulnerabilidad socioeconómica, según el Registro Social de Hogares.
  • Acreditar una renta bruta inferior a 474 mil 966 pesos (pagos provisionales mensuales).
  • Acreditar una renta bruta anual inferior a 5 millones 699 mil 581 pesos en el año calendario en que soliciten el beneficio (pago anual).
  • Tener al día el pago de las cotizaciones previsionales y de salud.

Además, los trabajadores dependientes tienen que:

  • Regirse por el Código del Trabajo.

Los trabajadores independientes deben:

  • Acreditar rentas, según lo indica el N° 2 del artículo 42 de la ley sobre impuesto a la renta.
  • Estar al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud.

Desde el servicio indicaron que no podrán acceder a este subsidio los trabajadores dependientes que se desempeñen en una institución del Estado o en una empresa con aporte estatal superior al 50%. Tampoco aquellos que estén contratados por entidades ejecutoras del programa Inversión en la Comunidad (Mejor Trabajo).

Requisitos para el Bono al Trabajo de la Mujer

Trabajadoras dependientes, regidas por el Código del Trabajo, que:

  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares.
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 699 mil 581 pesos durante el año calendario en que perciban el bono. Para 2019, si las trabajadoras reciben el beneficio a través de pagos provisionales mensuales, deben acreditar una remuneración bruta inferior a 474 mil 966 pesos mensuales.
  • Estén al día en el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud en el período en que se les concede el bono.
  • No trabajen en una institución del Estado o en una empresa que tenga participación pública superior al 50%.
  • No registren solicitudes pendientes como beneficiarias del Subsidio al Empleo Joven

También son beneficiarios los empleadores de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. El pago de la parte del bono que les corresponde a los empleadores se cancelará en forma mensual.

Trabajadoras independientes que:

  • Tengan entre 25 y 59 años de edad (hasta 59 años con 11 meses y 29 días).
  • Pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Acrediten una renta bruta inferior a 5 millones 699 mil 581 pesos durante el año calendario en que se concede el bono.
  • Acrediten que el pago de sus cotizaciones previsionales y de salud se encuentran al día durante el año calendario en que se concede el bono.
  • Acrediten sus rentas a traves del SII en el año calendario en que se solicita el beneficio.

 

 

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