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4 de Noviembre de 2020

Propaganda electoral para gobernadores: las acciones que podrían sancionar a los candidatos

El Servicio Electoral entregó el detalle de las distintas formas legales que existen para realizar las campañas previas a las elecciones del 29 de noviembre.

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Desde el 30 de octubre hasta el 26 de noviembre tienen plazo los candidatos a gobernadores regionales para realizar su propaganda electoral de cara a las elecciones primarias.

Durante dicho periodo los postulantes deberán cumplir con una serie de reglas que señalan lo que se puede hacer y lo que convierte al candidato en un infractor.

De acuerdo al Servicio Electoral (Servel), los candidatos deben realizar la difusión de sus campañas en los distintos medios de prensa escrita o radios que hayan informado debidamente sus tarifas al servicio. Además de poder contar con activistas en la vía pública que porten banderas, lienzos y otros elementos no fijos, así como la entrega de folletos informativos.

Los candidatos tendrán permitido instalar carteles u afiches en espacios públicos autorizados, lo que pueden complementar con visitas puerta a puerta o recorridos por la comuna. Todo esto se suma a las entrevistas a medios de comunicación que quieran brindar.

El Servel detalló que quienes estén en la carrera electoral pueden recibir aportes y realizar los gastos que estimen pertinentes.

En ese sentido, desde el servicio también detallaron las acciones que podrían convertir a los postulantes en infractores:

  • Realizar propaganda mediante elementos aéreos.
  • Exhibir propaganda en cines y salas de video
  • Realizar propaganda en radioemisoras comunitarias, televisión abierta o limitada (tv cable)
  • Realizar propaganda en bienes de propiedad privada destinados a servicios públicos o localizados en bienes de uso público, tales como vehículos de transporte; estaciones de tren o Metro; postes del tendido eléctrico, telefónicos, de televisión u otros similares.
  • Realizar propaganda mediante el uso de parlantes, megáfonos o perifoneo.

Los postulantes a gobernadores que infrinjan lo establecido en la ley respecto a la propaganda electoral se arriesgan a sanciones que van desde retirar la propaganda hasta multas van desde las 5 UTM hasta las 200 UTM.

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