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11 de Diciembre de 2020

Las medidas y sanciones que se analizan en Chile contra los deudores de pensiones alimenticias

Durante los últimos meses se han expuesto las historias y conflictos que viven miles de personas - en su mayoría mujeres- por el no pago de los dineros para cubrir las necesidades básicas de sus hijos.

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sanciones pensiones alimenticias Las deudas de pensiones alimenticias continúan en el centro de la polémica. Foto: Agencia Uno
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El retiro forzoso del 10% de los fondos de las AFP a morosos por pensiones alimenticias no solo puso sobre la mesa el drama que viven miles de personas, en su mayoría mujeres, por esta situación, sino que también generó cuestionamientos sobre el cumplimiento y aplicación de las sanciones que pesan sobre aquellos que no cumplen mensualmente con los pagos.

Sin embargo, este no es solo un problema actual en nuestro país. Incluso, en septiembre de este año el estado Oaxaca, en el sur de México, incrementó las penas de cárcel y las multas en dinero para los llamados “papitos corazón”.

Cómo ejemplo más reciente, el Congreso estadual de Oaxaca decidió imponer sentencias que van desde los cuatro a los ocho años de prisión, modificando un párrafo del artículo 413 del código Penal. 

Mientras que en países como España y Francia las leyes imponen sentencias de hasta dos años de presidio para quienes se atrasen en más de dos meses en el pago de la pensión de alimentos, dispuesta por los tribunales de familia. Incluso en este último, el artículo 203 del Código Civil impone multas de hasta 15 mil euros, más de 13 millones de pesos chilenos.

Una de las medidas que también llama la atención es la aplicada por Suecia, donde el Estado se ocupa de “cubrir” la ausencia de pago del moroso, pagando sin falta el dinero a quien tiene el cuidado personal de él o los menores, permitiendo que éstos reciban lo necesario para satisfacer las necesidades básicas. Por lo que la deuda del sujeto ahora es con el Estado, el que se encargará de que le retribuyan los montos.

La abogada de la Corporación Miles, Javiera Canales, comentó a EL DÍNAMO que ninguna de las sanciones descritas es posible instaurar nuestro país, debido a que algunas son inconstitucionales y otras infringen acuerdos internacionales relacionados con los Derechos Humanos.

“No se puede en Chile, por ejemplo, sacar de los fondos previsionales de los deudores cuando registren deuda, porque es inconstitucional (…) es un derecho súper asegurado el derecho a la propiedad, de hecho a lo largo de nuestra Constitución es lo que más se refuerza. Entonces la idea de vulnerar el derecho a la propiedad de un otro – no pasando por los mecanismos de cumplimiento ordinario- lo hace imposible”, sostiene Canales.

Mientras que respecto a posibles penas para los morosos de pensiones, la abogada explica que no es aplicable debido a que ” la prisión por deuda es una violación a los Derechos Humanos, según el pacto de San José de Costa Rica”. Es por esto, que solo es posible la reclusión nocturna.

Los proyectos y posibles sanciones

Ante este escenario, y desde hace ya algunos años, se han ido presentando proyectos que buscan avanzar en medidas que disminuyan el porcentaje de morosos de pensiones alimenticias, que actualmente alcanza un 84%.

La diputada Carolina Marzán (PPD), quien también es integrante de la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados, explicó que se han tomado numerosos proyectos en materia de alimentos. Entre ellos, uno presentado este año que elimina los modos alternativos de cumplir con la pensión “con la finalidad de orientar la legislación a la única solución deseable: el pago”.

La parlamentaria destacó que también se refundieron proyectos con el objeto de dar respuesta “de manera más o menos integral al problema del no pago de pensiones. Uno de los proyectos refundidos contempla que el no pago de pensiones por períodos determinados de tiempo se considere como delito de maltrato habitual, consagrado en la ley de violencia intrafamiliar”.

Sobre la misma iniciativa, Marzán detalló que ésta señala que de configurarse un incumplimiento reiterado de alimentos y decretado alguno de los apremios de la Ley N° 14.908, el juez deberá en la misma resolución, ordenar remitir los antecedentes al Ministerio Público para la investigación y sanción de dicho delito.

“Las implicancias, en simple, es que la reiteración en el no pago pueda constituir un delito que contempla penas de cárcel. Desde mi perspectiva, no se trata de buscar encarcelar ni instrumentalizar el sistema penal para castigar, sino que se genere el efecto de disuadir al pago, que es precisamente lo que se quiere”, argumentó.

La parlamentaria del PPD agregó que también se estableció la necesidad de un registro, con sanciones accesorias que disuadan el efectivo pago de la pensión: “Como se ve, dentro de otras modificaciones al sistema integral, buscan que de una vez por todas se eliminen los nudos críticos respecto a las deudas de pensiones de alimento. Este proyecto, que contempla varios refundidos en uno, fue aprobado en sala y hoy está en el Senado”.

Marzán sostuvo que pese a que se apliquen sanciones, persiste la idea de no pagar las pensiones alimenticias, por lo que a su juicio podría tratarse de un “desajuste cultural arraigado”.

“Debemos caminar hacia un Estado con mayor injerencia en la materia, pues hoy, son muchas madres (en su mayoría), las que deben exceder lo que les es exigible cuando de cobrar una deuda se trata, pues deben vivir el martirio de averiguar si el domicilio del alimentante corresponde o no, entre otros elementos que nos dan cuenta de un total abandono del sistema”, afirmó.

La diputada alertó que es de suma urgencia tomar medidas en el corto, mediano y largo plazo, para aplicar sanciones y poner fin a un sistema de pago de pensiones alimenticias “ineficiente e ineficaz, con un Estado espectador viendo cómo se naturaliza la vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes”.

“Con este propósito, estamos juntando a varios parlamentarios transversalmente considerados para armar una mesa de trabajo con este propósito: que se logre el pago de las pensiones de alimentos y propugnemos el cambio cultural que se requiere”, concluyó.

El mismo Presidente Sebastián Piñera presentó en mayo pasado un proyecto que incorporaba a los deudores de pensiones alimenticias al “Boletín de Informaciones Comerciales”, pero hasta el momento  no se ha logrado concretar ninguna de las sanciones o iniciativas.

EL DÍNAMO consultó al Ministerio de Justicia sobre el tema, desde donde señalaron que  “próximamente” se realizará el anuncio de una medida que buscará regular la situación.

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