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12 de Diciembre de 2020

Director de HRW explica por qué no hay presos políticos en Chile y el error de aprobar un indulto

Para José Miguel Vivanco "no es necesario, justificado ni conveniente" que se aplique una ley de indulto para los detenidos tras el estallido social.

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presos políticos indulto Vivanco recalcó que tras el 18-O también se cometieron graves delitos comunes. Foto: Agencia UNO
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José Miguel Vivanco, director de la División para las Américas de Human Rights Watch (HRW), se refirió al proyecto de ley presentado por senadores de oposición para indultar a los denominados presos políticos de la revuelta, detenidos en el marco del estallido social.

Vivanco se valió de las redes sociales para dejar en claro que no existen presos políticos en Chile, explicando que esta categoría cabe para “personas que están detenidas por ejercer sus derechos básicos, como libertad de expresión, o asociación o el derecho a profesar una religión”.

“También podrían calificar aquellos que están detenidos y acusados de un delito común pero han sufrido violaciones graves al debido proceso por razones políticas”, agregó, señalando que “no conocemos evidencias” para dar cuenta que estos criterios se puedan aplicar para los detenidos durante el estallido social.

El representante para América de HRW evidenció que se registraron graves y reiteradas violaciones a los derechos humanos tras el 18-O, por lo que instó a la intervención de Carabineros.

“Entre estos abusos, se incluyeron arrestos arbitrarios a través de las normas amplias que existen en Chile sobre control de identidad, así como numerosos casos donde manifestantes fueron detenidos por supuestamente cometer un delito y luego fueron liberados por falta de pruebas”.

Sin embargo, José Miguel Vivanco aclaró que durante este periodo también hubo “graves delitos comunes por algunos manifestantes, incluyendo incendios, ataques a carabineros y destrucción de la propiedad”.

Es por esto que para él “no es necesario, justificado ni conveniente” que se aplique una ley de indulto para los detenidos tras el estallido social, ya que beneficiaría “genéricamente a acusados tanto de delitos menores (interrumpir el tráfico o causar desordenes) como de delitos graves (incendios y homicidio en grado frustrado)”.

“En lugar de un indulto tan amplio, creo que lo mejor sería lidiar con estas detenciones caso a caso, siempre garantizando que en cada proceso se cumplan con las garantías de debido proceso que están establecidas en los estándares internacionales de DDHH”, argumentó.

Vivanco hizo hincapié en los detenidos que se encuentran en prisión preventiva, una de las principales preocupaciones de los promotores de esta iniciativa, indicando que en su caso no es necesario un indulto.

“Lo que se requiere es un examen del caso en función de los estándares internacionales que establecen que la prisión preventiva sólo es admisible por un plazo razonable y cuando sea necesaria para preservar las pruebas o garantizar la comparecencia del imputado a juicio”, concluyó.

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