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29 de Mayo de 2021

Qué pasó con los 26 imputados por el estallido social que estaban en prisión preventiva

Del total informado por la Corte Suprema en enero, 10 se mantienen a la espera de una sentencia y siete de ellos están con la medida cautelar de prisión preventiva.

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imputados estallido social Durante el verano del 2021 la Corte Suprema determinó que sólo 26 imputados estaban con prisión preventiva. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Un grupo de 22 constituyentes -principalmente de la Lista del Pueblo- pidió a través de una declaración pública liberar a los imputados que permanecen en prisión preventiva por delitos de destrozos, agresiones a Carabineros, uso de artefactos incendiarios y saqueos, entre otros, tras el estallido social de octubre de 2019.

“A marzo de este año en Chile existían alrededor de 2.500 jóvenes en prisión preventiva por hechos acaecidos en protestas sociales”, aseguró el grupo de constituyentes, en paralelo a la tramitación en el Congreso del indulto a estos detenidos.

Sin embargo, en enero del 2021, la vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, desmintió que existan miles de imputados en prisión preventiva. Por esos días, afirmó que entre octubre del 2019 y marzo del 2020, 2.180 personas estaban en prisión preventiva acusadas por delitos asociados al estallido, y de ese número, sólo 26 permanecían en esa condición a enero del 2021 y están agrupadas en 24 causas.

Según confirmó EL DÍNAMO tras la revisión de cada una de las causas publicadas en el Poder Judicial, actualmente 15 de los 26 imputados recibieron una sentencia, uno fue absuelto y 10 aún siguen a la espera del fallo en su caso.

De estos 10 que esperan una resolución de la justicia, siete se mantienen con la medida cautelar de prisión preventiva y los tres restantes se encuentran con arraigo nacional o arresto domiciliario.

Además, varios de los imputados que permanecen en prisión preventiva están en esa situación por otros delitos, como narcotráfico y porte de armas de fuego, que fueron descubiertos de forma paralela mientras se investigaban los ilícitos cometidos durante el estallido social.

Los 10 imputados que aún esperan sentencia

Incendio en estación San Pablo e Iglesia de Carabineros

Se mantienen en prisión preventiva los presuntos autores de dos incidentes de alta connotación pública: los incendios de la estación San Pablo del Metro de Santiago y la iglesia San Borja de Carabineros.

En el primer caso, la fiscalía acusó a Daniel Bustos de haber incendiado la estación San Pablo el 19 de octubre del 2019, causando daños a la empresa Metro avaluados por sobre los $20 mil millones.

Bustos está con la medida cautelar de prisión preventiva desde el 19 de mayo del 2020 y se mantiene a la espera de que inicie un juicio oral en su contra.

Por su parte, Gerardo Leal, imputado por el incendio que afectó a la Iglesia San Borja de Carabineros, está en prisión preventiva desde el 4 de enero del 2020.

De acuerdo a la fiscalía, el sujeto fue grabado por la cámara de un carabinero de civil mientras arrojaba elementos incendiarios en contra de la Iglesia San Borja.

Drogas y porte ilegal de armas de fuego

Si bien todos los imputados, a través de sus abogados, pidieron revisar la medida cautelar de prisión preventiva impuesta, la solicitud fue rechazada en algunos casos por otros delitos que fueron descubiertos durante la investigación.

Ese es el caso de Manuel Calquín, quien es acusado de haber ingresado al supermercado Acuenta de Puente Alto el 8 de noviembre del 2019 y sustraer mercadería, alcohol e implementos para limpieza de automóviles. Además, al momento de allanar su domicilio, Carabineros encontró drogas y armas.

En su domicilio se halló un revolver calibre 38, decenas de cartuchos y otras armas, 69 gramos de marihuana, 777 gramos de pasta base, 13 plantas de cannabis y $2,2 millones en efectivo.

También se mantiene en prisión preventiva, bajo similares características, Alen Huenucoy, quien habría ingresado hasta un supermercado en la comuna de San Bernardo para sustraer especies.

En su domicilio se encontró un televisor y una impresora supuestamente robados, pero además, 30 gramos de cocaína, 1,6 kilos de pasta base, 1 kilo de marihuana, municiones y un revólver marca Taurus calibre 38.

Otros imputados que no reciben sentencia

Además de los imputados antes mencionados, otros dos se mantienen en prisión preventiva por robo en lugar no habitado asociados a saqueos en locales comerciales y uno por incendio de un lugar no habitado.

Por último, de los tres restantes, dos esperan su sentencia tras ser acusados de robo en lugar no habitado y uno por incendio. Sin embargo, los tres lograron revertir la medida cautelar de prisión preventiva y sólo se mantienen con arraigo nacional o reclusión domiciliaria.

Las causas que concluyeron

Saqueos y robos en lugares no habitados

Uno de los detenidos que se mantenía en prisión preventiva hasta marzo del 2020 y que ya recibió su sentencia fue Julio Reuquén, quien fue condenado a 300 días de presidio menor en su grado mínimo por robo en un lugar no habitado.

Según los antecedentes del caso, Reuquén entró hasta el supermercado Tottus de la comuna de Melipilla el 22 de octubre del 2019 para sustraer diferentes especies como “paquetes de azúcar, arroz, cajas de té y latas de conserva”. Desde esa fecha, hasta el 20 de enero del 2021, se mantuvo en prisión preventiva.

También fue condenado por robo en lugar no habitado Mauricio Arévalo, quien según la investigación ingresó a los supermercados Santa Isabel y Día a Día, ambos en la comuna de Pedro Aguirre Cerda, para robar productos a fines de octubre del 2019. Sin embargo, al ingresar a su domicilio con una orden de registro, Carabineros descubrió cuatro plantas de marihuana en estado de floración, 47 gramos de cocaína y 25 ovoides con pasta basa.

De esta forma, se le condenó a 61 días de presidio menor en su grado mínimo por el robo en lugar no habitado. Mientras que, por el delito de tráfico de drogas, se le agregaron otros 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo.

Otro condenado por el delito de robo en lugar no habitado fue David Gorguet, quien ingresó a la estación de Metro Laguna Sur el 4 de diciembre del 2019 para sustraer cables de cobre, luego se desplazó a la estación Barrancas para hacer lo mismo. En total, portaba 400 metros de cable cuando fue sorprendido por Carabineros.

Más de un año después, el 30 de diciembre del 2020, se realizó un procedimiento simplificado y fue condenado a 61 y 300 días de presidio por ambos delitos.

Incendios e intentos de quemas

Por los delitos de incendio en lugar no habitado y destrozos fueron condenados dos imputados por la destrucción de la estación La Granja del Metro de Santiago, además del autor de un ataque incendiario a un pórtico de peaje en la Ruta del Maipo.

Uno de estos casos fue protagonizado por Jeremy Ramírez y Omar Jerez, quienes estuvieron en prisión preventiva desde diciembre del 2020 hasta el 6 de abril del 2021, cuando se dio a conocer su sentencia por delitos al interior de la estación de Metro La Granja.

Finalmente, el 6º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Ramírez a 540 días de presidio por el delito de daños simples, desestimando el de incendio. Mientras que a Jerez se le condenó por incendio tentado a 800 días.

Otro de los imputados en el marco del estallido social que fue condenado por el delito de incendio, fue Elías Zambrano, quien incendió el peaje de la Ruta del Maipo el 5 de diciembre del 2019.

Por este delito deberá cumplir una pena de cinco años de presidio menor en su grado máximo, según se determinó en un juicio abreviado.

El único absuelto

El único absuelto de las 26 personas en prisión preventiva hasta marzo del 2020 fue Víctor Villagra, quien fue acusado de saquear un supermercado Santa Isabel en Quilicura el 31 de enero del año pasado.

Según la teoría inicial de la fiscalía, el hombre habría sustraído “2 cajas de cereal, 11 botellas de lavaloza, 3 packs de jabones, 2 abrillantadores de piso, 10 paquetes de fideos, 1 caja de galletas, 4 tarros de atún, y 48 rollos de papel higiénico, especies que introdujo en un bolso y en una caja de cartón”.

Por este robo en lugar no habitado, la fiscalía pidió una pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo; sin embargo, el delito no logró ser acreditado.

Como ninguna de las pruebas permitió demostrar la participación de Víctor Villagra en el delito, fue absuelto el 25 de enero del 2021.

Otras causas que concluyeron

Junto a los 7 imputados antes mencionados, que fueron condenados o absueltos -en el caso de Víctor Villagra- por delitos relativos al estallido social, otros 9 ya recibieron sentencia.

De este número, cuatro fueron condenados por robo en lugar no habitado, uno por robo en lugar no habitado y desórdenes públicos, otro por robo con intimidación, uno por incendio, uno por desórdenes públicos y hurto simple y uno por homicidio frustrado en contra de Carabineros.

Los 25 imputados en prisión preventiva de la Fiscalía Nacional

En paralelo a la investigación desarrollada por EL DÍNAMO en base a las cifras proporcionadas por la vocera de la Corte Suprema, la Fiscalía Nacional hizo su propio análisis y determinó que 25 imputados por delitos asociados al estallido social se mantienen con la medida cautelar de prisión preventiva.

Para obtener esta cifra, la Fiscalía Nacional analizó los 41.075 delitos asociados a daños, robos, desórdenes e infracciones a la ley de armas, que ingresaron a su sistema entre el 18 de octubre y el 31 de diciembre de 2019.

Los 25 imputados en el contexto del estallido social y actualmente en prisión preventiva son todos adultos y fueron formalizados por diversos delitos cometidos entre el 18 de octubre y el 31 de diciembre de 2019. Entre estas causas hay un imputado por homicidio consumado y tres homicidios frustrados; tres personas por activación y/o lanzamiento de bombas molotov; dos imputados por robo con intimidación o violencia; siete por el delito de incendio; tres por porte ilegal de armas; y otros cuatro por robo en lugar no habitado.

Conocedores de cómo se realizó el estudio de la Fiscalía Nacional explicaron a EL DÍNAMO que las cifras pueden diferir de las que entregó la Corte Suprema en enero del 2021 porque, al no existir un delito llamado “estallido social”, se consideraron los asociados a las protestas con criterios distintos y luego se descartaron aquellos que no se vinculan directamente con las manifestaciones.

De esta manera, la Corte Suprema consideró para el análisis los delitos de: desórdenes públicos, interrumpir la libre circulación, lanzamiento de objetos a la vía pública con resultado de muerte o lesiones, robo en lugar no habitado, receptación de especies, robo, hurto e incendio con peligro para las personas

En tanto, la Fiscalía Nacional analizó los delitos: activación o lanzamiento de bombas molotov, incendio, porte ilegal de armas, homicidio, homicidio frustrado, robo con intimidación, robo con violencia, robo en lugar no habitado y desórdenes públicos.

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