Secciones El Dínamo

cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad
7 de Agosto de 2021

Condenan a tres años de cárcel a hombre que lanzó bomba molotov a Carabineros

Los hechos ocurrieron en noviembre de 2019 en las cercanías de Plaza Baquedano, en plenas manifestaciones por el estallido social.

Por
molotov carabineros El tribunal decretó además la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos del condenado. AGENCIA UNO/ARCHIVO
Compartir

El Cuarto Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a la pena de tres años y un día de presidio efectivo a Christian Valdés, quien lanzó una bomba molotov en contra de Carabineros durante una manifestación por el estallido social de 2019.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Juan Carlos Urrutia Padilla (presidente), Cristina Cabello Muñoz y María Alejandra Cuadra Galarce (redactora)– aplicó además las medidas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de las costas del proceso. Asimismo, se ordenó el comiso de las especies incautadas.

La instancia dio por acreditados los hechos ocurridos durante la tarde 28 de noviembre de 2019, cuando personal policial descubrió al condenado encendiendo una bomba y arrojándola hacia uno de los vehículos de Fuerza Especiales que se encontraba en la calle Irene Morales con Merced, a pocos metros de la Plaza Baquedano.

El hombre fue detenido una hora y media después de los hechos en el sector de Ramón Carnicer con Bilbao, en la comuna de Providencia.

En su resolución, la Justicia afirmó que “el acusado Valdés Morales fue declarado responsable de un delito de arrojar artefacto explosivo, previsto y sancionado en el artículo 14 D) de la ley 17.798, que establece para este tipo de injusto, la pena de presidio menor en su grado máximo”.

“Teniendo en consideración, que le beneficia la atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos del artículo 11 Nº9 del Código Penal y conforme lo dispuesto en el artículo 68 del Código Penal, el tribunal, establecerá la sanción en su mínimo, tal como solicitare la defensa, determinándose la sanción en tres años y un día de presidio menor en su grado máximo”, agregó el texto.

Léenos en Google News

Notas relacionadas

Deja tu comentario

Lo más reciente

Más noticias de País