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16 de Noviembre de 2022

Indemnización de $100 millones recibirá Mauricio Redolés por ser víctima de torturas en la dictadura

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso que presentó el fisco y volvió a fallar a favor del cantautor y poeta nacional. 

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Mauricio Redolés, en el Festival "Para que Nunca Más", con una polera que contiene la imagen del comunero mapuche Camilo Catrillanca asesinado por Carabineros el 14 de noviembre de 2018 AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El 12 de mayo de este año, el ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Max Cancino, sometió a proceso a seis efectivos en retiro de la Armada por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Mauricio Redolés. 

El cantautor nacional sufrió estos vejámenes entre diciembre de 1973 y abril de 1974 mientras estuvo detenido en calidad de preso político en la Academia de Guerra Naval, el cuartel Silva Palma, el buque Lebu y en el campo de prisioneros de Colliguay. 

Redolés presentó una demanda civil en el 9° Juzgado Civil de Santiago, tribunal que determinó el pago de 80 millones de pesos como indemnización para el poeta por daños morales. El fisco apeló en la Corte de Apelaciones para no desembolsar ese monto; sin embargo, la Corte volvió a fallar a favor del músico, e incluso, ordenó subir el pago a $100 millones por el mismo concepto tras las torturas que sufrió. 

“La decisión adoptada por el tribunal de primer grado resulta ajustada a derecho, por lo que la pretensión del Fisco de Chile no puede ser admitida, no solo porque ella contraría lo libremente admitido por el Estado en sede internacional, de acuerdo a los fundamentos transcritos en el motivo que precede, sino porque implicaría hacerle incurrir, nuevamente, en responsabilidad internacional”, reza la resolución unánime de la Novena Sala del Tribunal de Alzada. 

“El señor Redolés padece un trastorno de estrés postraumático de características patológicas, que se mantiene a la fecha; sin perjuicio de las secuelas permanentes que registra, como consecuencia de las torturas físicas sufridas. Los padecimientos inferidos al demandante, atendida su entidad y la edad que registraba a la época de su ocurrencia, le provocaron traumatización extrema, que se traduce en una permanente emocionalidad de incertidumbre y terror sobre su situación, generando un cuadro de disfuncionalidad familiar grave que no solo ha dejado huellas en su vida, sino también un daño transgeneracional, además de la alteración de su proyecto vital”, justificó el fallo.

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