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3 de Diciembre de 2022

Corte Suprema acoge recurso de protección y ordena paralización de proyecto inmobiliario en Llolleo

La determinación se produce luego de que se estableciera un actuar ilegal arbitrario y contradictorio con el medio ambiente.

Por Esteban López Á
La Corte Suprema paralizó las obras inmobiliarias en Llolleo.AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Un duro revés sufrió la empresa Inversiones Ramón Oliva S.A., luego de que la Corte Suprema acogiera el recurso de protección y ordenara la paralización del proyecto de inmobiliario que se está desarrollando en el sector de Llolleo, San Antonio, Región de Valparaíso.

Según la sentencia dictaminada por la Tercera Sala del máximo tribunal, la solicitud se acoge debido a que se estableció el actuar ilegal arbitrario y abiertamente contradictorio con la normativa ambiental y de construcción de la empresa, y que al momento de querer llevar a efecto el proyecto no contaban con los permisos sectoriales correspondientes.

Tras eso, se le ordenó a la Superintendencia de Medioambiente, a la Dirección Regional de Aguas y Dirección de Obras de la Municipalidad de San Antonio y Conaf, poder fiscalizar en terreno que se hayan cumplido la normativa.

“Se constató, en síntesis, en los informes evacuados por las autoridades oficiadas en autos, que la recurrida realizó obras sobre el terreno de autos sin la autorización municipal correspondiente y, a su vez, en su ejecución no respetó las directrices forestales entregadas por la Conaf, y vulneró la normativa forestal y ambiental”, se señaló en el fallo del máximo tribunal.

 
 
 

 

¿Cuáles fueron las vulneraciones descubiertas?

Dentro de las infracciones constatadas, se afirmó que “al haber eliminado completamente el lecho vegetal en su predio y talado árboles en exceso a los autorizados, de una forma tal que no es posible reforestar en las actuales condiciones, afectando la flora del lugar“. 

Finalmente y con todos los antecedentes analizados, se dictaminó que “se revoca la sentencia apelada de fecha 22 de junio de 2022 dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso y, en su lugar, se declara que se acoge el recurso de protección deducido en contra de la Inversiones Ramón Oliva SA, en tanto no cuente con los permisos sectoriales correspondientes”.

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