La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió este viernes 2 de enero de manera unánime la querella de capítulos deducida en contra del ex fiscal regional metropolitano oriente, Manuel Guerra, indagado por cohecho agravado, violación de secreto y prevaricación administrativa.
De esta forma, ahora la Fiscalía de Arica quedó a la espera de la eventual apelación por parte de la defensa del ex persecutor.
En caso de que aquello no ocurra dentro del plazo establecido, el Ministerio Público solicitará que se fiche una audiencia de formalización en la que se le imputarán cargos criminales.
Los argumentos para acoger la querella contra el ex fiscal Guerra
El fallo unánime del tribunal de alzada, que integraron las ministras Maritza Villadangos, Sandra Araya y el ministro Mauricio Rettig, consideró que “se cumplen todos los requisitos para acceder a la petición del Ministerio Público y los querellantes particulares“.
“Luego, la querella de capítulos y las alegaciones vertidas en la audiencia dan cuenta que, habiéndose desempeñado el querellado como fiscal regional del Ministerio Público, tenía el ejercicio de potestades decisorias relevantes en la conducción de investigaciones penales y en la adopción de decisiones procesales con efectos jurídicos externos”, añadió el fallo.
Estableció también que “el carácter manifiestamente injusto de tales decisiones que se imputa se fundamenta en la ausencia de una justificación razonable, en la omisión de hechos relevantes previamente acreditados y en la adopción de criterios inconciliables con los principios de legalidad, objetividad y probidad que rigen el actuar del Ministerio Público”.
“Aun reconociendo márgenes de discrecionalidad en la función persecutoria, dichos márgenes encuentran límites en los hechos del caso y en el derecho aplicable, los que, con los antecedentes que obran en esta etapa preliminar” se sobrepasaron.
Detalló a la vez que “la querella de capítulos fundamenta la atribución de los hechos y de la participación que en ellos le habría correspondido al querellado, en antecedentes probatorios” tales como:
- Resoluciones judiciales y actuaciones procesales dictadas en las causas respectivas.
- Correos electrónicos e informes internos de la Fiscalía Nacional y de sus unidades especializadas.
- Declaraciones de fiscales y funcionarios que participaron en las investigaciones.
- Comunicaciones electrónicas que dan cuenta del contexto en que se adoptaron las decisiones cuestionadas.
La resolución del tribunal
“Dichos antecedentes constituyen elementos de juicio que, apreciados de manera individual y conjunta, provisionalmente, son plausibles para atribuir la comisión de las conductas imputadas al querellado y que, en este estadio procesal, revisten el carácter de providencias o resoluciones manifiestamente injustas”, concluyó el tribunal.
En esa línea, resolvió:
- Que se declaran admisibles todos los capítulos de la querella interpuesta por el Ministerio Público en contra del ex fiscal regional del Ministerio Público Manuel Guerra Fuenzalida.
- Que, en consecuencia, se habilita al Ministerio Público para continuar con el proceso penal conforme a las reglas generales que lo regulan.
- Que se hacen extensivos los efectos de la presente declaración a las querellas adherentes interpuestas por el Consejo de Defensa del Estado, por doña María Inés Horvitz Lennon y don Mauricio Daza Carrasco, y por la Ilustre Municipalidad de Vitacura, en cuanto resultan compatibles con los capítulos de la querella deducida por el Ministerio Público declarados admisibles.