Con su publicación en el Diario Oficial este miércoles, el cargador universal para 11 dispositivos electrónico regulados en Chile será el puerto USB tipo C.
Esta disposición derivada de la Ley 21.695 implica que, por ejemplo, desde octubre de 2026 los celulares que se comercialicen en el país deben incluir este puerto.
Con posterioridad, en octubre de 2028, esta obligación para los proveedores se extenderá a computadores portátiles, tablets, cámaras digitales, auriculares, videoconsolas portátiles, altavoces portátiles, lectores de libros electrónicos, teclados, ratones y sistemas portátiles de navegación.
Según transmitió el subsecretario de Economía, Karlfranz Koehler, “la medida busca alinear la regulación chilena con los estándares internacionales vigentes y permitirá a las personas usar un mismo cargador para distintos dispositivos, contribuyendo al ahorro en los hogares y a la reducción de residuos electrónicos“.
Qué otras implicancias tiene la adopción del cargador universal
Adicionalmente, la normativa obliga al proveedor a informar al consumidor antes de la compra y mediante etiquetas estandarizadas y pictogramas si el dispositivo incluye cargador, si admite carga rápida USB PD, así como sus capacidades de carga.
La nueva disposición no implica que los proveedores puedan comercializar los cargadores de otro tipo que ya tengan. “Las obligaciones recaen sobre los proveedores que comercialicen dispositivos nuevos, a partir de las fechas establecidas”, explicó el subsecretario Koehler.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) será el encargado de fiscalizar esta medida y de emanar un informe técnico cada dos años que evalúe la conveniencia de actualizar el listado de categorías de dispositivos en atención a la evolución tecnológica.