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28 de Marzo de 2023

Antisicariato, secuestro y más facultades a las policías: la batería de proyectos aprobados por la Cámara

Los parlamentarios dieron el visto bueno a una serie de proyectos vinculados con la seguridad pública.

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El primero de ellos fue el que aumenta la pena al delito de porte de armas en lugares altamente concurridos, modificando así la Ley de Control de Armas. AGENCIA UNO
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En el marco de la agenda de seguridad impulsada por el Gobierno y los recientes hechos de violencia registrados en el país, donde destaca el asesinato de la suboficial mayor Rita Olivares, la Cámara de Diputados aprobó una batería de cinco proyectos, los que fueron despachados al Senado.

El primero de ellos fue el que aumenta la pena al delito de porte de armas en lugares altamente concurridos, modificando así la Ley de Control de Armas.

Específicamente, la pena se define para lugares como vías públicas, edificios públicos o de libre acceso al público, ferias libres, mercados y centros comerciales. También en eventos deportivos o espectáculos; dentro de medios de transporte público; instalaciones sanitarias, de almacenamiento o transporte de combustibles. Igualmente, respecto de instalaciones de distribución o generación de energía eléctrica, portuarias, aeropuertos o estaciones ferroviarias, incluyendo las de trenes subterráneos u otros lugares semejantes.

En concreto, dispone que la pena del porte de armas de fuego y sus partes, dispositivos y piezas, realizada sin la correspondiente autorización (que actualmente parte en 3 años y un día), ahora partirá en 4 años y un día.

En cuanto a la pena por portar en lugares altamente concurridos de un arma de fuego adulterada, hoy de presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo, es decir, de 3 años y un día a 10 años, aumenta a presidio mayor en su grado máximo, esto es, de 15 años y un día a 20 años.

Aumentan penas para el secuestro

La Sala de la Cámara aprobó la modificación al Código Penal respecto a dos tipos relacionados al delito de secuestro.

Hoy, se castiga con presidio mayor en su grado mínimo a medio (de 5 años y un día a 15 años) a quien retenga a una persona para obtener un rescate, imponer exigencias o arrancar decisiones. Con este proyecto, la misma pena se aplicará cuando el encierro o detención se prolongue por más de 48 horas.

La iniciativa, que pasó ahora a segundo trámite, incrementa la pena cuando a raíz del secuestro, la víctima sea objeto de homicidio, violación, castración o lesiones graves. En tal caso, la pena partirá en presidio perpetuo (y ya no en presidio mayor en su grado máximo) e irá hasta presidio perpetuo calificado.

Refuerzo de competencias a Gendarmería

Con un respaldo transversal, la Sala aprobó el proyecto que permite que Gendarmería participe en investigaciones al interior de los recintos penales.

La norma, despachada al Senado, establece que la institución participará de carácter auxiliar de investigaciones, donde el Ministerio Público podrá impartirle instrucciones.

Además, el texto permite que Gendarmería pueda usar información del Banco Unificado de Datos (BUD) para sus funciones de custodia de personas privadas de libertad.

Mayores facultades para las policías en el control migratorio

Los diputados despacharon al Senado aprobó el proyecto que amplía las facultades del control policial para medidas de migración y extranjería.

La norma modifica la Ley 20.931, que facilita la aplicación efectiva de las penas establecidas para los delitos de robo, hurto y receptación. Además, mejora la persecución penal en dichos delitos.

El texto legal amplía el control preventivo e identidad. Asimismo, dota a los funcionarios de Carabineros y de la PDI de nuevas herramientas. La idea es ayudar en la identificación de personas migrantes en calidad de irregular.

Al mismo tiempo, incluye a extranjeros con permisos de residencia vencidos. El objetivo es dar mejor cumplimiento a los procesos de regularización y expulsión contemplados en la Ley de Migraciones y Extranjería.

Norma antisicariato

Los legisladores aprobaron el llamado proyecto antisicariato, que sanciona la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.

En la redacción propuesta por el Gobierno se reemplazó la figura actual del sicariato. Así, se pasó de “cometerlo con ánimo de lucro” por realizarlo “por beneficio económico o de otra naturaleza en provecho propio o de un tercero”.

Además, se sancionará a quien conspire para cometer el homicidio calificado. La pena será de presidio menor en su grado máximo, esto es, entre 3 años y un día a 5 años.

La norma añade que, si dicha conducta se comete en contra de un juez con competencia en lo penal, fiscal del Ministerio Público, defensor penal público, funcionarios de Carabineros e Investigaciones o de Gendarmería, en razón del ejercicio de sus funciones, será castigado con pena de presidio menor en su grado máximo (3 años y un día a 5 años) a presidio mayor en grado mínimo (5 años y un día a 10 años).

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