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Daniel Jadue no podrá ser candidato a diputado: Tricel lo excluye de padrón electoral

Esto, tras acoger la reclamación presentada por el abogado de RN, Marcelo Brunet, decretando la suspensión de sus derechos políticos.

El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) puso fin a la intención de Daniel Jadue (PC) de ser candidato a diputado al Distrito 9, al excluirlo del padrón electoral.

Esto, tras acoger por tres votos contra dos, la reclamación presentada por el abogado de RN, Marcelo Brunet, suspendiendo sus derechos políticos, luego que en una primera instancia esta petición fue rechazada por el Segundo Tribunal Electoral de Santiago.

En su presentación, Brunet dio cuenta de la calidad de acusado de Daniel Jadue en el Caso Farmacias Populares, donde enfrenta los cargos de administración desleal, cohecho, delito concursal, fraude al fisco y estafa, delitos por los cuales la Fiscalía pide 18 años de prisión.

“Se revoca la sentencia apelada de tres de septiembre de 2025y, en su lugar se declara que se acoge la reclamación interpuesta por don Marcelo Alejandro Brunet Bruce y, en consecuencia, se dispone excluir del Padrón Electoral Auditado, a don Óscar Daniel Jadue Jadue”, consignó el Tricel.

El organismo detalló su decisión “atendido lo informado por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, en orden a que el señor Óscar Daniel Jadue Jadue tiene la calidad de acusado desde el 7 de agosto de 2025, presentación sobre la cual recayó la resolución judicial de 11 del mismo mes y año, se dan a su respecto los presupuestos regulados en el artículo 16 N°2 de la Constitución Política de la República para la suspensión del derecho a sufragio“.

A favor de la suspensión de los derechos políticos de Jadue votaron las ministras María Cristina Gajardo, Adelita Ravanales y Katherine Martínez, mientras que Mauricio Silva y Gabriel Ascencio lo hicieron en contra.

De esta manera, el ex alcalde de Recoleta no podrá presentarse a las elecciones parlamentarias y el Partido Comunista pierde su cupo para competir por el Distrito 9.

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