Fabio Chávez, inspector municipal de La Florida, fue arrestado luego de fiscalizar a un carabinero que estaba de civil y quien se habría negado a colaborar, llamando incluso a otros policías como apoyo.
Debido a lo anterior, Chávez fue detenido por un presunto “hurto de llaves” y por no portar su identificación oficial. Sin embargo, el funcionario niega estas acusaciones y afirma que actuó siempre siguiendo los protocolos establecidos por Seguridad Municipal.
“Esto es muy grave: el que fiscaliza termina arrestado, mientras que quien infringe la ley recibe apoyo”, expresó el alcalde de La Florida, Daniel Reyes.
En ese contexto es que surge la interrogante sobre cuáles son las atribuciones que tiene un inspector municipal.
De acuerdo a la Ley de Tránsito, DFL 1 del Ministerio de Transporte, “Carabineros de Chile y los Inspectores Fiscales y Municipales son los encargados de supervigilar el cumplimiento de las disposiciones a que se refiere la presente ley, sus reglamentos y las de transporte y tránsito terrestre que dicte el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o las Municipalidades, debiendo denunciar, al Juzgado que corresponda, las infracciones o contravenciones que se cometan”.
“Asimismo, fiscalizarán el cumplimiento de las normas sobre jornada de trabajo de los conductores de vehículos destinados al servicio público de pasajeros o de carga, contenidas en el Código del Trabajo, y denunciarán su incumplimiento a la Inspección del Trabajo correspondiente al domicilio del empleador”, añade la normativa.
En ese sentido, desde el Municipio indicaron a EL DÍNAMO que “conforme a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Tránsito, los inspectores municipales ostentan atribuciones propias y directas para la fiscalización del cumplimiento de las disposiciones establecidas en dicha normativa”.
Asimismo agregaron que “la redacción del artículo lo establece de manera expresa y sin subordinación jerárquica que tanto Carabineros de Chile como los Inspectores Fiscales y Municipales serán los encargados de supervigilar el cumplimiento de la normativa de tránsito, lo que implica que los inspectores municipales no actúan como auxiliares o coadyuvantes de las fuerzas policiales, sino como autoridades fiscalizadoras. En este sentido, el legislador les ha conferido un rol autónomo en la vigilancia del orden normativo vial”.