
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dio a conocer la nueva normativa que aumenta el pago mínimo de las tarjetas de crédito, con el fin de colaborar en la reducción del sobreendeudamiento de los usuarios.
Esto, ya que en la actualidad las diversas instituciones financieras que operan este tipo de tarjetas permiten el pago mínimo cuando las personas no pueden cancelar el valor facturado mensual y así no caer en mora.
Sin embargo, esta situación hace que los intereses no pagados fueran creciendo mes a mes, extendiendo así el pago de esta deuda.
Frente a esta situación, la CMF modificó la norma y estableció que “el pago mínimo se determinará como la suma del Monto No Financiable (MNF) más un porcentaje de 5% del Monto Financiable (MF)”.
El Monto No Financiable considera las cuotas sin interés pagaderas en el periodo de facturación, así como intereses, comisiones y otros cargos, tales como impuestos, cargos adicionales, primas de seguros, entre otros. Por su parte, el MF corresponde principalmente al capital insoluto. Respecto a la versión en consulta pública, se excluye del MNF el capital de las cuotas con interés.
La CMF explicó que “si con el pago mensual de su tarjeta de crédito una persona solo amortiza el 1% del saldo, un deudor podría tardar casi 180 meses en saldar la totalidad de su deuda, acumulando un 160% en intereses. En contraste, el hecho de amortizar el 5% del saldo insoluto en cada periodo reduciría este tiempo de pago a 60 meses, con una acumulación de intereses del 40%”.
“Por otra parte, en específico en relación con la inclusión de las cuotas sin interés en el pago mínimo, los datos dan cuenta que un 84% de las personas termina pagando intereses por cuotas que fueron originalmente pactadas sin interés”, detalló el organismo.
Junto con ello, los emisores de tarjetas de créditos podrán exceptuar la realización del pago mínimo siempre que las definiciones contemplen la amortización total de la deuda exceptuada de pago en un plazo máximo de 24 meses. Además, dichas excepciones podrán otorgarse por un máximo de dos meses consecutivos.
La norma entrará en vigor en junio del próximo año. A partir de ese momento, la incorporación de las cuotas sin interés al MNF se realizará de manera gradual, con un incremento del 25% cada seis meses. Así, después de dos años de la entrada en vigor de la norma, el 100% de las cuotas sin interés estará incorporado al MNF.