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2 de Febrero de 2021

La demanda laboral que persigue a la productora de Ignacio Gutiérrez

La acción judicial fue presentada en noviembre del 2020 y recién en marzo ambas partes se verán las caras en una audiencia preparatoria.

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demanda laboral ignacio gutiérrez El animador solo se refirió al tema en su programa Cómplices. Foto: Instagram.
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El pasado 16 de noviembre de 2020, Bárbara Rebolledo, junto a otras dos personas, presentaron una demanda laboral en contra de la productora Northfield, representada legalmente por Ignacio Gutiérrez, por la declaración de relación laboral, nulidad del despido, despido injustificado y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales.

En el documento, que se encuentra disponible en el sitio web del Poder Judicial, se retratan los hechos ocurridos que dan cuenta de que Bárbara Rebolledo, animadora de Cariño Malo, inició sus labores el 18 de marzo de 2019, al igual que Carlos Gaete, director del espacio. Héctor Molina, productor general, en tanto, hizo lo propio el 1 de febrero del 2019.

Los tres debían cumplir un horario de trabajo los días martes y jueves entre las 11:00 y las 20 horas, periodo en el que grababan los cinco capítulos del programa que iba de lunes a viernes desde las 22:00 a las 23 horas. Además de asistir a las dependencias de TV+, debían realizar reuniones de coordinación, entrevistas, reuniones de pautas, etc. Como el trabajo era evaluado según el rating que registraba, “lo hacía muy estresante”, y los mantenía “permanentemente conectados, de esos trabajos que denominamos 24/7”.

Por lo mismo, en la demanda laboral precisaron que de todas sus labores debían dar cuenta a sus jefes directos, que en este caso eran Ignacio Gutiérrez Castillo por la productora, y también a la gerente de Programación y Producción de TV+, Loreto Gatica, “quien también impartía instrucciones directamente a todo el equipo, del cual nosotros éramos solo alguno de ellos”.

Tras meses de trabajo, y producto del estallido social ocurrido el 18 de octubre de 2019, el trabajo se “intensificó” y empezaron a concurrir al canal de lunes a viernes entre las 12:00 y las 00 horas. “De hecho, debíamos trabajar cuando ya el toque de queda establecido por la autoridad había empezado a regir”, detallaron.

“Se comenzaron a realizar dos programas diarios que salían en directo: de 15:00 a 16 horas y de 21:00 a 23 horas. Lo anterior, el hecho de sacar dos programas en directo al aire en forma diaria, implicó redoblar los esfuerzos en lo referido a reuniones de pauta, coordinación, salidas a terreno, etc.”, agregaron.

En la misma acción judicial aseguraron que como una forma de “encubrir la relación laboral que existía, se nos pagaba bajo la modalidad de honorarios, sin embargo, como hemos señalado, desde siempre existieron instrucciones que impartía el empleador; jornada de trabajo obligatoria para todos; la naturaleza laboral de los servicios ejecutados por cuenta ajena y para el provecho de la demandada; la contraprestación que se daba por ello (siempre en una suma fija y pagada el mismo día del mes, por lo general); y la continuidad laboral que existió configuran los elementos de la relación laboral de acuerdo al artículo 8 del Código del Trabajo”.

Los despidos

La demanda laboral en contra de la productora de Ignacio Gutiérrez incluye además los relatos de los despidos de Carlos Gaete, Héctor Molina y Bárbara Rebolledo, quienes explicaron cómo ocurrieron dichas circunstancias.

El primero señaló que fue despedido el 31 de enero de 2020 a través de una llamada telefónica que hizo Javier Gutiérrez, hermano del animador de TVN, a eso de las 23:30 horas, “sin mediar aviso por escrito, en el que me comunica que ya no debía presentarme a trabajar el día siguiente”.

Molina, por su parte, consignó que su despido se concretó el viernes 28 de febrero de 2020 en un café de un mall donde se reunió con Ignacio Gutiérrez en forma personal, de manera verbal y sin mediar previo aviso que no continuaría trabajando. En esa oportunidad, además, fue despedido Alfredo Villarroel, quien ejercía como editor periodístico.

Por último, Bárbara Rebolledo explicó que en noviembre de 2019 salió del programa y pasó Ignacio Gutiérrez a conducirlo –periodo en el que salió del Buenos Días A Todos-. “Sin embargo, quedé a disposición del empleador para aparecer en pantalla cuando lo requirieran, de hecho a principios de enero del 2020 pedí explicaciones a Ignacio y Loreto (gerente del canal) sobre mi cometido, acerca de si el contrato había terminado y ellos reiteraron que debía seguir esperando”.

“Existen múltiples comunicaciones que ratifican que seguí bajo dependencia y subordinación del empleador, más aún me dan vacaciones durante el mes de enero de 2020″, agregó. Su sueldo, en tanto, se lo pagaron hasta diciembre de 2019. A través de un correo electrónico con fecha 28 de febrero de 2020, Gutiérrez le comunicó su despido, el que según postula el documento judicial, “no cumple con las formalidades legales”.

Agregó que “no existe comunicación del despido, efectuada con las formalidades legales para verificar el término de la relación laboral, así como respecto del pago de lo adeudado a cada uno. Al no cumplirse ninguna de las formalidades legales, el despido es injustificado y carente de motivo”.

Cotizaciones impagas

En la demanda laboral contra la productora de Ignacio Gutiérrez se recalca además que las cotizaciones previsionales de los tres demandantes no fueron pagadas.

“Nuestra ex empleadora adeuda cotizaciones previsionales que no han sido pagadas, lo que hace que nuestros despidos sean nulos y provoca que se nos adeude la totalidad de las cotizaciones previsionales impagas por el periodo trabajado, remuneraciones desde el momento de la separación y hasta el efectivo pago de éstas o la convalidación del despido según la norma ya citada”, sostuvieron en el escrito.

Por lo mismo, argumentan que en este caso debiese “aplicarse la sanción establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo y declarar que el despido no tuvo el efecto de poner término al contrato de trabajo, pues no se encontraban pagadas las cotizaciones previsionales en forma íntegra durante todo el periodo que duró la relación laboral”.

Además de la productora de Ignacio Gutiérrez, la demanda laboral apunta también a TV+, que en este caso deberá “responder solidariamente de las prestaciones que se demandan”, puesto que durante todo el periodo en el que se desempeñaron el trabajo ocurrió en sus dependencias y recibían órdenes, sugerencias, comentarios y/o reclamos de los ejecutivos principales.

Indemnizaciones

Tal y como lo reiteraron en la demanda laboral, se insiste en solicitar la declaración de existencia de relación laboral para cada uno de los demandantes y junto con ello, la declaración de que el despido es injustificado y carente de motivo de acuerdo a la ley.

Por lo mismo, para Héctor Molina se solicita una indemnización por falta de aviso previo $1.347.289, además de una indemnización de años de servicios por $1.347.289, más el recargo legal del 50% contemplado en el art. 168 letra b) del Código del Trabajo, equivalente a $673.645. Se suma también las cotizaciones previsionales, de AFP, isapre y AFC, la compensación de feriado legal por la suma de $943.102, devolución de gastos de caja chica del programa, por un monto de $869.624 y un bono de $600.000 por la producción de programa Apuesto que…

Para Bárbara Rebolledo se exige el pago de las remuneraciones pendientes de febrero de 2020 y 18 días de marzo del 2020, por un monto de $5.600.000, una indemnización por falta de aviso previo $3.500.000, la indemnización por años de servicios por $3.500.000 más el recargo legal del 50% contemplado en el artículo 168 letra b) del Código del Trabajo, equivalente a $1.750.000, las cotizaciones previsionales, de AFP, isapre y AFC y una compensación de feriado por la suma de $233.333, correspondiente a dos días adeudados.

Carlos Gaete, por su parte, solicita el pago de una indemnización por falta de aviso previo de $803.000 y cotizaciones previsionales, de AFP, isapre y AFC.

Todos ellos además exigen que la demandada pague los reajustes e intereses legales que correspondan y las costas del juicio.

La defensa de Ignacio Gutiérrez

EL DÍNAMO se comunicó con Ignacio Gutiérrez, pero el comunicador declinó referirse al tema. Donde sí lo hizo, de manera escueta fue el viernes pasado en el programa Cómplices que conduce junto a Francisca García-Huidobro a través de Instagram.

En esa oportunidad, afirmó que “jamás voy a descalificar a la Bárbara, ni a cualquiera de las personas que trabaja en los programas que produce esa productora de la cual yo soy representante legal, pero no veo los temas de administración, pero tengo el deber de apoyar a la gente que administra esa productora, que este año lo ha pasado como las reverendas”.

“Hay varias personas que se les quedó debiendo plata y se hizo un plan de pago, de ese plan de pago del 100% se ha pagado un 99%, pero hay gente que no accedió o no quiso ese plan y tiene el derecho a judicializarlo si es que quieren. Nosotros seguimos existiendo con el plan de pago”, afirmó.

En esa misma línea, Gutiérrez aseguró que él solo es el representante legal de la productora Northfield y que no está a cargo del pago de sueldos, pero “respeto mucho a la gente que está a cargo de eso, porque este año la productora se quedó en cero e igual cumplieron con todos los planes de pago”.

“Vamos a levantar la cabeza, pero es importante que en las buenas tengo que hablar y en las malas igual tengo que dar la cara. Tengo otros emprendimientos”, cerró.

El tribunal citó a ambas partes para el próximo 15 de marzo a las 09:00 a una audiencia preparatoria que se llevará a cabo bajo la modalidad de videoconferencia a través de la plataforma Zoom.

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