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27 de Julio de 2021

Corte rebaja multa a TVN por cobertura del Buenos Días a Todos durante brote de COVID-19

Aunque el tribunal consideró que el canal debía informar de la noticia, cuestionaron la forma en que se hizo.

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El hecho ocurrió el 23 de abril tras un brote de COVID-19 en un cité de Quilicura. TVN
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La Corte de Apelaciones de Santiago decidió rebajar la multa que el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) aplicó en contra de TVN por la cobertura que realizó el Buenos Días a Todos el 23 de abril de 2020 respecto a un brote de COVID-19 en un cité de Quilicura.

Según se expuso, el matinal exhibió de “forma intrusiva” antecedentes amparados por el derecho a la vida privada e intimidad de grupo de inmigrantes, incluidos menores de edad, “menoscabando su dignidad personal”.

Aunque la Corte consideró que no existió error en la aplicación de la multa por parte del CNTV en contra de TVN, optaron por rebajarla a la mitad por “existir interés público en la información”. De esta forma, la estación deberá pagar 50 UTM y no 100 UTM como se dijo en un principio.

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada consideró que pese a que el canal cometió una falta, “no se desconoce el derecho del canal televisivo que, amparándose en la libertad de expresión, haya podido difundir una noticia que sin duda era de interés público, aspecto este último que también se reconoce”.

Sin embargo, el cuestionamiento recae en “la forma en que se hizo y se dio a conocer la noticia y sus circunstancias y es allí donde radica el cuestionamiento, considerando los efectos que pudo tener la forma utilizada en la comunicación”.

La Corte consideró que TVN excedió el deber de información por la cobertura donde se exhibió a este grupo de migrantes “largamente en el desarrollo de sus vidas personales, con presencia de niños, y de todos aquellos que vivían al interior de lugar, así como sus viviendas, sobreexponiéndolos en sus vulnerabilidades como grupo humano”.

Aquí, continuaron, se apreció una “evidente sobrexposición y acoso mediático” llegando a ser una “actividad vulneratoria de la dignidad humana”.

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