Durante la madrugada de este jueves, el Gobierno de Javier Milei consiguió en el Senado la aprobación del proyecto de reforma laboral, una iniciativa que introduce cambios profundos en el régimen de trabajo de Argentina, un país con alta sindicalización y una extensa tradición de movilización obrera.
La votación se produjo en un clima de fuerte tensión política y social, con manifestaciones en Buenos Aires y otras ciudades del país.
Entre los defensores de la reforma sostienen que la norma busca establecer reglas claras y previsibles, reducir la litigiosidad y generar un marco más dinámico para el desarrollo productivo. El objetivo declarado es incentivar la creación de empleo formal y atraer nuevas inversiones. Sin embargo, sindicatos y sectores opositores advierten que la ley implica una pérdida de derechos laborales.
Uno de los ejes centrales es la modificación del cálculo de las indemnizaciones por despido. La nueva base excluye del cómputo el aguinaldo, las vacaciones, los premios y otros conceptos no habituales, lo que reduce el monto final respecto del sistema vigente.
Además, se habilita a las empresas a pagar condenas judiciales en cuotas —hasta seis pagos en el caso de grandes compañías y hasta doce para pymes— y se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), destinado a cubrir eventuales despidos mediante aportes mensuales de los empleadores.
Vacaciones, licencias y horas extra: los otros cambios de la reforma laboral de Milei
Las vacaciones podrán fraccionarse en períodos no inferiores a siete días y ser rotativas, garantizando al menos un período en temporada estival cada tres años. En casos de accidente o enfermedad no laboral vinculados a actos voluntarios o de riesgo, el trabajador percibirá el 50% del salario básico por hasta tres meses —o seis si tiene personas a cargo—; si no media acción riesgosa, el pago será del 75% en iguales plazos. Asimismo, se crea un “banco de horas” para compensar horas extra con días libres o reducción de jornada.
En materia de huelga, la ley amplía el listado de actividades esenciales, donde deberá garantizarse al menos el 75% del servicio. Se incorporan telecomunicaciones, comercio y educación —excepto universidades—, entre otros a salud, agua potable, energía eléctrica, gas y control del tráfico aéreo.
También se establece la categoría de “servicios de importancia trascendental”, obligados a asegurar un mínimo del 50% de funcionamiento.
La iniciativa modifica además la representación sindical, restringe asambleas que afecten el normal funcionamiento de la empresa y tipifica como infracciones “muy graves” los bloqueos de establecimientos. Finalmente, elimina la ultraactividad de los convenios colectivos y dispone que los acuerdos de menor ámbito prevalezcan sobre los sectoriales.
La derogación de estatutos especiales regirá 180 días después de la promulgación de la ley.